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El Ayuntamiento de l'Alcora y la Plataforma No a la Contaminació trasladarán un informe a la Conselleria demostrando las irregularidades del proyecto de la incineradora de Reyval

  • El documento recoge modificaciones sustanciales que no fueron expuestas públicamente conforme dicta la legislación

  • Con estos argumentos reclaman la anulación de la AAI concedida a la mercantil

El Ayuntamiento de l'Alcora, junto con la Plataforma No a la Contaminació y el Grupo de Participació Ciutadana 2.0, remitirá un informe a la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente demostrando las graves irregularidades presentes en la tramitación de la autorización ambiental integrada (AAI) concedida a Reyval Ambient SL. El objetivo es que la consellera, Isabel Bonig, responda positivamente a los recursos de alzada presentados en julio pidiendo la anulación de dicha autorización.

Dos son las principales irregularidades denunciadas en el informe: la multiplicación del volumen de tratamiento de residuos y de la emisión de gases, que varían de forma sustancial del proyecto básico de incineradora, presentado en 2006, al aprobado por Conselleria en 2011. Así, por ejemplo, mientras el primer proyecto contempla tratar 87.000 toneladas de residuos al año, el proyecto autorizado por Conselleria aprueba el tratamiento de 133.800 toneladas. Respecto los gases, si el primer proyecto prevé emitir 79.918,4 m3 por hora para toda la planta, el proyecto autorizado por Conselleria contempla la emisión de 179.727 m3 por hora, referidos únicamente a la línea de oxidación térmica (incineración).

En ambos casos estas modificaciones suponen un incremento superior al 25% de la cantidad inicial, criterio fijado para determinar el carácter sustancial de una modificación por el Decreto 127/2006 de prevención de la contaminación y la calidad ambiental. Tal como afirma, por su parte, el artículo 21.5 del Decreto 32/2006 de ejecución de la Ley de Impacto Ambiental, toda modificación que suponga un cambio sustancial deberá presentarse ante el órgano ambiental “debiendo constar obligatoriamente en el expediente la acreditación de la realización de la fase de información pública del proyecto modificado”. Tanto el Ayuntamiento como el Grupo y la Plataforma denuncian que no se haya realizado esta fase, dado que las modificaciones son posteriores al trámite de exposición pública realizado en febrero de 2008.

Además se recuerda que estas irregularidades ya se habían denunciado desde diversos ámbitos. Así, por ejemplo, un informe de adecuación ambiental, elaborado por el ingeniero Francesc Gatuellas en julio de 2008, alertaba sobre el hecho de que los dos hornos que constan en el proyecto no son suficientes para tratar las 87.000 toneladas de residuos anuales contempladas. En respuesta a Gatuellas, Reyval rebajó esta cantidad a 35.040 toneladas anuales, si bien la fue incrementando sucesivamente. Atendiendo a los cálculos de este informe, se estima que tratar las 133.800,24 toneladas previstas en la AAI concedida a Reyval requeriría disponer de siete a ocho hornos en la instalación, cuando la comercial sólo cuenta con dos en su proyecto.

Gatuellas también advirtió en su informe que el tratamiento de las 87.000 toneladas de residuos anuales expuestas en el proyecto tendría como resultado un volumen real de emisiones atmosféricas de alrededor de 150.000 m3 N/h, cinco veces mayor que el evaluado en los estudios de impacto ambiental y de lo expuesto en el tramite de exposición publica en febrero de 2008. Gatuellas en su informe de julio de 2008 invalida el proyecto básico y el ampliado al desmontar la posibilidad de tratar los volúmenes de residuos propuestos y los de emisión, lo que supone invalidar los estudios de impacto ambiental y el trámite de exposición pública de febrero de 2008.

Por su parte, el mismo Jefe del Área de Calidad Ambiental, Francisco Segura, reconoció la magnitud de las modificaciones introducidas por Reyval Ambient en 2009 en su proyecto de incineradora. En una carta remitida a la comercial el 10 de noviembre de 2009 anunciaba la imposibilidad de admitir dichas modificaciones a trámite, dado que ya se había superado el periodo de información pública del proyecto, dando a la empresa dos opciones: renunciar al procedimiento en curso y solicitar una nueva autorización, o tramitar las modificaciones por separado en otro expediente, solicitando una AAI especifica para esas modificaciones. Reyval Ambient respondió a Segura que las modificaciones eran en realidad meras aclaraciones al proyecto básico.

Tanto el Ayuntamiento de l'Alcora como el Grupo y la Plataforma pretenden con este informe que la Conselleria responda de manera afirmativa a los recursos de alzada presentados por el consistorio y otras asociaciones ciudadanas el pasado mes de julio, en los que se pide la anulación de la AAI concedida a Reyval Ambient. En este sentido, cabe recordar que el 13 de este mes el Síndic de Greuges, José Cholbi, recomendó a Conselleria que responda a todas las alegaciones contenidas en estos recursos.

Sin embargo, ante el silencio de la Conselleria el consistorio prepara, junto con Grup, Plataforma y diversas asociaciones vecinales, la presentación de un nuevo recurso ante el tribunal de lo contencioso administrativo. En este sentido, ya están poniendo a disposición de su abogado toda la documentación relativa a las irregularidades descubiertas en el procedimiento de tramitación de la AAI. A pesar de que el proceso será largo, el consistorio y la Plataforma tienen la confianza y la seguridad absolutas de poder demostrar las irregularidades detectadas durante el proceso de autorización de la incineradora de residuos tóxicos y peligrosos de la empresa Reyval.

Merche Mallol, alcaldesa de l’Alcora: “Con la información detallada de todo el expediente de tramitación, que hace 20 días la Conselleria trasladó a los técnicos municipales, se ha constatado la existencia de modificaciones sustanciales en el proyecto de la incineradora de Reyval que cuestionan la validez de la AAI. Si seguimos adelante presentando un recurso contencioso administrativo, es porque entendemos que este proceso no se ha ejecutado correctamente, y con nuestros argumentos nos expondremos delante de un juez para que éste nos de la razón”.

Toni Albert, tras elaborar el informe junto a la Técnico de Medio Ambiente del Ayuntamiento, ha resaltado la contundencia de los datos, pues superan ampliamente las condiciones fijadas el Anexo I del DECRETO 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental. [2006/10761], para considerar MODIFICACION SUSTANCIAL los cambios propuestos y aprobados en la AAI y por tanto considera que la Conselleria deberia declarar la nulidad del procedimiento de concesion de la AAI 236/AAI/cv a Reyval.

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