elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Pleno de Alcoy aprueba el allanamiento a la demanda de FCC por la negativa a la retribución por objetivos

El Pleno de Alcoy aprueba el allanamiento a la demanda de FCC por la negativa a la retribución por objetivos
  • Reconoce que se debe llevar a cabo la retribución por objetivos de 2020 tal y como han indicado todos los informes técnicos y jurídicos pertinentes

El pleno ha acordado con el único voto en contra de Guanyar el allanamiento a la demanda presentada por FCC al respecto para condenar al Ayuntamiento de Alcoy al pago de 170.588,78 euros en concepto de retribución por objetivos por el año 2020 más intereses y costas.

Hay que recordar que el contrato actual de recogida de residuos y limpieza viaria establece un sistema de retribuciones por objetivos para la empresa. La dotación para el cumplimiento de esos objetivos es el 4% de la cantidad que deben recibir anualmente según el contrato estipulado. Una vez transcurrida la anualidad y efectuado un informe de auditoría respecto a la calidad de la prestación del servicio la empresa presentará una factura y se devolverá la parte que corresponda según el resultado del ese informe. Ese 4% se distribuye por objetivos: 2% ejecución del servicio, 1% calidad que se está dando del servicio y 1% otros controles anuales que se realizan de ese servicio. El informe de la auditoría externa se realiza mediante muestreos de cada indicador. En este sentido tal y como se infiere en los múltiples informes realizados por los técnicos municipales que obran en el expediente en el periodo comprendido desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 no se realiza auditoría externa debido a que el servicio estaba en proceso de licitación, desempeñando dicha labor el Departamento de Medio Ambiente por sus propios medios como responsable municipal del contrato en cuestión. De este modo, lo cierto es que el control de calidad del servicio en el año 2020 se llevó a cabo con medios propios del Departamento de Medio Ambiente, alcanzándose la conclusión de que la mercantil había cumplido con todos los requisitos para el pago de la retribución por objetivos fijada en el contrato.

El Pleno de la Corporación celebrado el 6 de abril de 2021, con los votos de la oposición y en contra de los informes jurídicos y técnicos se tomó el acuerdo de no pagar estas retribuciones por objetivos por lo que la mercantil presentó un Recurso de Reposición mediante alegaciones al acuerdo plenario del 6 de abril.

En el pleno del 2 de julio se debatió de nuevo el pago de estas retribuciones, aportándose además la valoración de este recurso de reposición mediante un informe por parte del Departamento de Contratación que indicaba que “se determina que se debe admitir parcialmente el recurso de reposición presentado por parte de la mercantil al existir una motivación en el expediente pero ser esta de carácter político y no jurídico-técnico y conforme se establece en el expediente y reiterando el contenido de los informes se cumplen todos los requisitos para proceder al pago siendo desestimada la alegación referente a la indebida aplicación de la cláusula 10.4. al considerar que ha sido bien aplicada. Se emite el presente informe a los efectos oportuno siendo el pleno del Ayuntamiento de Alcoy el que con su mejor criterio decidirá lo que considere oportuno”. Es decir que si se debería pagar estas retribuciones ya que si había existido el control pertinente lo que ratificaba el informe del Jefe del Departamento de Medio Ambiente. A pesar de estos informes favorables, la oposición de nuevo votó en contra de proceder al pago, desestimando el recurso de reposición planteado por la empresa.

La desestimación de este recurso que pone fin a la vía administrativa abocó al contratista a presentar un recurso contencioso administrativo, tramitándose en el juzgado de lo contencioso administrativo numero 2 de Alicante y del que se ha dado traslado de la demanda al Ayuntamiento para contestar, plazo que vence el martes 15 de febrero. El Juzgado también ha solicitado el traslado del expediente administrativo.

Tras la interposición de esta demanda, se designa la asistencia letrada por parte del Ayuntamiento, que tras su informe de viabilidad concluye que: “Del análisis pormenorizado de los hechos la negativa del Pleno a no pagar a FCC lo que reclama no tiene prosperidad a nivel jurídico y esta representación letrada vaticina que el resultado de esa demanda no prosperará”, es decir que se debe aceptar el pago a FCC rechazado en dos ocasiones por la oposición en contra de los informes técnicos y jurídicos, proponiendo la defensa letrada que el Pleno se allane a las pretensiones de la mercantil y que reconozca los hechos y las circunstancias jurídicas que se planteaban.

Entre estas consecuencias jurídicas está además del abono de la cantidad reclamada de 170.588,78, el abono de los intereses de demora por el pago retrasado por el importe desde el 8 de marzo hasta que se haga efectivo el pago finalmente, más las costas procesales por “su manifiesta temeridad y mala fe”. Hasta el momento los intereses de demora ascenderían a cerca de 15.000 euros, a expensas de conocer cual va a ser el alcance de la resolución judicial.

Cabe resaltar que los informes Jurídicos y Técnicos que obran en el expediente se reiteran “en la propuesta de pagar a la empresa dado que las no conformidades calificadas como leves no suponen ninguna penalización”. Haciendo referencia al escrito presentado por el Grupo Compromís en el que cuestionaba los informes técnicos de Medio Ambiente respecto a la limpieza de los contenedores.

Finalmente,  el Pleno ha acordado hoy el allanamiento a la demanda presentada por FCC, es decir, reconoce que se le debe pagar la retribución por objetivos tal y como indican todos los informes pertinentes. Han votado a favor PSOE y Ciudadanos, se han abstenido PP, Compromís, Podem, Vox y No Adscrito y ha votado en contra Guanyar, por lo que el resultado ha sido 13 a favor, 2 en contra y 10 abstenciones.

Subir