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La aprobación definitiva de la delimitación del perímetro de protección del Acuífero del Molinar entra en la recta final

  • La Junta de Gobierno aprobó el documento necesario para solicitar a la Confederación Hidrográfica del Júcar la aprobación de la delimitación del perímetro de protección del Acuífero del Molinar

La Junta de Gobierno aprobó ayer el documento de ‘Realización de las pruebas físicas, análisis y elaboración de la documentación del perímetro de protección del acuífero del Molinar 2020’. Este documento fue encargado a la empresa Aljibe Consultoras S.L., especialista en trabajos hidrogeológicos, para dar solución a los elementos especificados por el Instituto Geológico y Minero Español, IGME en 2008. La empresa hizo los trabajos físicos de análisis, estudio y propuestas de mejora durante el segundo semestre del año 2020. Esta tarea se ha plasmado al documento que ayer se aprobó.

Una vez aprobado por Junta de Gobierno se solicitará a la Confederación Hidrográfica del Júcar la aprobación definitiva de la delimitación del perímetro de protección del Acuífero del Molinar, según el establecido en los artículos 172 y 173 del ≪Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, miedo el que se aprueba lo Reglamento del Dominio Publico Hidraulico, que desarrolla los titulos preliminar Y, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas≫; y remitirle el documento mencionado en el punto anterior.

«Esta era una reivindicación que llevábamos en el programa electoral. Recordamos que el acuífero del Molinar representa más del 70% del abastecimiento de agua potable para la ciudad y la zona del Canal es la cuenca de recepción que alimenta el acuífero y que por lo tanto debe consolidarse su protección para futuras actuaciones en la zona, restringiendo o prohibiendo gradualmente las actividades susceptibles de modificar la calidad del agua subterránea», destaca el regidor de Transición Ecológica, Jordi Silvestre.

Es importante indicar que se crean una serie de zonas de protección: zonas de protección sanitaria y restricciones absolutas, zona de protección microbiológica y de restricciones moderadas y zona de dilución y control. En estas zonas en función de su proximidad respecto a la captación, se pueden limitar, regular o controlar determinados actividades potencialmente contaminantes.

Antecedentes

Si hacemos un poco de historia, en 2004 el Ayuntamiento de Alcoy contrató a la empresa EVREN para la primera propuesta de delimitación del Acuífero del Molinar. Este trabajo culmina con la entrega del documento «Delimitación hidrogeológica del perímetro de protección del Molinar (revisión) Mayo 2004». Posteriormente, se realiza, a petición de la Confederación Hidrográfica del Júcar, una ampliación del estudio con la entrega del documento «Estudio de delimitación hidrogeológica del perímetro de protección del Molinar (Alcoy). Documento de ampliación del estudio de delimitación. Noviembre 2005». También en ese mismo año la Universitat de les Illes Balears realiza un análisis de la zona del acuífero del Molinar y redacta el documento «Análisis hidrogeológico estructural de la zona de recarga del acuífero del Molinar (Alcoy)» donde revisa los trabajos encargados por el Ayuntamiento, presenta unas conclusiones con aspectos a tener en cuenta y propone una revisión del perímetro de protección expuesto.

El Ayuntamiento de Alcoy remite a la Confederación Hidrográfica del Júcar el perímetro propuesto el 1 de diciembre de 2005 solicitando informe del mismo. La Confederación remite toda la información consistente en el perímetro propuesto por la empresa EVREN, el estudio de las Islas Baleares y también un informe redactado por la Universitat Politècnica de València en 2002 al IGME (Instituto Geológico y Minero de España), después de analizar el perímetro de protección propuesto por el Ayuntamiento, propone en 2008 unas correcciones a realizar en la figura del Perímetro de Protección. En concreto, al documento titulado «Consideraciones Técnicas sobre el perímetro de protección propuesto para las captaciones de abastecimiento de la ciudad de Alcoy (Alicante) y sobre los informes referentes a su delimitación», expone los siguientes elementos a revisar:

  1. Revisión de la zona de protección definida como Zona IIIc, aconseja que se modifique la clasificación por el tipo de material que presenta.
  2. Existencia de sifones naturales en el barranco del Regall. Quedan fuera del perímetro y habría que incluirlos.
  3. Se tendrían que incorporar a las superficies protegidas todos los afloramientos carbonatados permeables existentes en el sector del Barranco de la Batalla dentro de la zona Ia del perímetro de protección.
  4. Aseguramiento de elementos que garantizan el vertido 0.
  5. Recomendación de la instalación de un dispositivo de vigilancia.

El documento actual da solución a estos puntos que se indicaron en 2008 que había que revisar.

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