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Alcoy consigue 93.597 euros para ayudas a la vivienda a victimas de violencia y colectivos vulnerables

  • El 30% del total de la subvención concedida se destinará a ofrecer un alojamiento o solución residencial inmediata a las personas beneficiarias y hasta el 70% para ayudar con el alquiler o el precio de ocupación del inmueble

Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de la Generalitat Valenciana ha concedido al Ayuntamiento de Alcoy una subvención de 93.597,28 euros destinada a  facilitar una solución residencial inmediata o a ayudar con el alquiler a a las personas víctimas de violencia de género, a aquellas que hayan sufrido desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras en situación de especial vulnerabilidad.

Las ayudas forman parte del Programa a desarrollar por las entidades locales dentro del Plan Estatal 2018-2021y la resolución ha sido publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) del pasado 6 de agosto.

En las bases de la concesión se establece que el consistorio deberá destinar el 30% del importe total de la ayuda concedida a la puesta a disposición de un alojamiento o solución residencial inmediata a personas que se encuentren en las situaciones de especial vulnerabilidad anteriormente mencionadas.

Por otra parte, hasta el 70% del importe total de la subvención concedida será destinada a la concesión de ayudas directas para el pago del alquiler de una vivienda adecuada o del precio de ocupación del inmueble de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias.

La concejal de Vivienda, María Baca muestra su “satisfacción por la concesión de esta subvención, que viene a complementar el trabajo realizado por el Ayuntamiento de Alcoy para garantizar el acceso a una  vivienda digna a cualquier persona en situación de vulnerabilidad”. 

El Ayuntamiento, como gestor de estas ayudas, determinará  previamente los criterios de selección, la adjudicación de la ayuda y su cuantía según los informes que emiten los servicios sociales, así como los plazos y métodos de pago de la subvención. También corresponderá al consistorio la posibilidad de efectuar pagos y abonos por anticipado y de fijar los plazos y la forma de justificación por parte de la personas beneficiarias.

La resolución establece que la condición de persona especialmente vulnerable lo determinará la valoración emitida por Servicios Sociales, que atenderá y valorará las circunstancias personales de cada persona. En este sentido, se tendrá en cuenta si la persona solicitante tiene  problemas de salud mental o diversidad funcional, si se trata de personas jóvenes extuteladas por la Generalitat o de avanzada edad, si son personas exreclusas, solicitantes de asilo o personas migrantes vulnerables, independientemente de su situación administrativa y otras situaciones similares. 

Las ayudas se repartirán en régimen de concesión directa y la cuantía será determinada por el ayuntamiento, dependiendo de las circunstancias personales de la persona beneficiaria y en conformidad con el informe emitido por los Servicios Sociales.

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