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El PP considera una burla convocar el pleno extraordinario fuera de los plazos de reclamaciones

    El Partido Popular considera que convocar el pleno extraordinario para el día 22 de enero, último día posible por imperativo legal y tras concluir el periodo de reclamaciones del Presupuesto Municipal es “burlarse de los ciudadanos” y demuestra que la alcaldesa de Alaquàs, Elvira García“ desprecia, sistemáticamente los más mínimos valores democráticos”.

    Los concejales del Partido Popular de Alaquàs solicitaron el día 5 de enero la convocatoria de un pleno Extraordinario para abordar la anulación por parte del Tribunal Superior de Justicia de la ampliación de la contrata de 6 millones de euros y una sentencia de expropiación del Solar de Sabater Fornés. El ayuntamiento debe afrontar el pago de 7.2 millones de euros, más los correspondientes intereses, algo que no está contemplado en el Presupuesto Municipal de 2015.

    Cuando desde el Partido Popular se conoció la sentencia del TSJ por la prensa y, ante el oscurantismo del ayuntamiento, se decidió solicitar de manera extraordinaria un pleno para que desde el equipo de gobierno se explicase la repercusión en la economía municipal.

    El motivo de la urgencia era poder conocer exactamente la situación tanto de la sentencia del TSJ y de la expropiación del solar para poder presentar reclamaciones al respecto. Pues en un nuevo movimiento que refleja que en el equipo de gobierno de Elvira García no creen en la democracia ni actúan de manera consecuente, la convocaron el día 22 de enero, el último día que le obliga la ley.

    De esta manera, además, ya habrá vencido el periodo de presentación de reclamaciones, que finaliza el 16, por lo que, despreciando la solicitud de la oposición y burlándose de los propios ciudadanos de Alaquàs, pretenden que no se puedan presentar reclamaciones o hacerlo sin conocer, exactamente, los términos del mismo.

    El presidente del Partido Popular, José Pons, asegura que “por desgracia, es a lo que nos tiene acostumbrado Elvira García. Continúan con su política de tierra quemada, de patada y adelante y diferirá los pagos para después de las elecciones, sin asumir sus responsabilidades e hipotecando todavía más el futuro de los alaquaseros”.

    Parece ser que con dilatar al máximo posible la celebración del pleno extraordinario, intentar ganar tiempo, in extremis, para negociar de espaldas a los ciudadanos de Alaquàs lastrando los futuros presupuestos de la población.

    Antecedentes

    En la noticia por la que conocieron desde la oposición la sentencia nº 627 del 2014 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, sala de lo contencioso administrativo, sección 5ª de 27 de junio de 2014, se explicaba que se estima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Aquagest Levante S.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Valencia, en fecha 27 de febrero de 2012 en el recurso Contencioso-Administrativo 472/2010 revocando la misma y, en consecuencia, se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la empresa citada contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alaquàs de 6-5-2010, por el que se aprueba la modificación del contrato de concesión de la gestión y explotación de los servicios municipales de abastecimiento de agua potable y alcantarillado con la empresa Aguas de Valencia, S.A., dejándolo sin efecto por no ser conforme a derecho.

    Solar expropiado

    Por otra parte, el 13 de noviembre de 2014, los dueños del solar de Sabater Fornés, solicitaron el pago inmediato del justiprecio del Solar de Sabater Fornes, cifrado en 1.203.014,40 euros por la sentencia nº 418/13 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, sala de lo contencioso administrativo, sección 4ª.

    Hay que recordar que la mala gestión socialista ha ocasionado que aumente en un 700% el dinero que se debía pagar a los propietarios del solar situado en la calle doctor Sabater Fornés. Al no haber ni pagado ni consignado 2004 a 2006 los 164.240 euros que dictaminó la sala de lo Contencioso Administrativo (es decir, unos 27 millones de pesetas) se ha judicializado el proceso y, según la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, hay que abonar 1,2 millones de euros (200 millones de pesetas) más intereses, que ascienden a casi medio millón de euros más.

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