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El PP de Alaquàs exige que la alcaldesa se comprometa a contestar al público en los plenos o en menos de 30 días

  • La moción pretende que se establezca un procedimiento transparente para que los ciudadanos puedan obtener respuesta sin divagaciones

El Partido Popular de Alaquàs no ceja en su empeño de tratar conseguir que los ciudadanos de la localidad tengan voz real en los plenos municipales. Para ello pedirá en el pleno del jueves que se modifique el artículo 23.7 del artículo del Reglamento de Participación Ciudadana, con el fin de que los ruegos y preguntas de los asistentes a los plenos se contesten o bien en el mismo pleno o en un plazo máximo de 30 días naturales.

Son muchos los vecinos de esta localidad que desean obtener información a través de las preguntas que se realizan en el turno de “Ruegos y Preguntas” al finalizar las sesiones plenarias. El problema sobreviene cuando las más de las veces los vecinos de Alaquàs esperan que se les conteste a las preguntas planteadas en el pleno, pues en su gran mayoría no se obtiene más que la callada por respuesta.

En las pocas ocasiones en las que la alcaldesa responde en el propio pleno, las contestaciones, por lo general, son ambiguas, incompletas o incluso negando la información solicitada sin dar explicaciones.

Por este motivo desde el PP de Alaquàs se presenta una moción en la que se permita que, a petición del ciudadano que realiza la pregunta, ésta sea pública, al igual que la contestación, por parte del ayuntamiento.

Tras el pleno municipal, en caso de no poderse dar respuesta satisfactoria, los interesados facilitarán sus datos al técnico del ayuntamiento o edil en quien delegue la Alcaldía, a través del cual se deberán canalizar las solicitudes de preguntas y recoger los datos de las personas que requieran una contestación, así como el modo en que deseen que se les conteste personalmente.

Así pues, el Partido Popular solicita que se establezca un plazo máximo de 30 días naturales para contestar las preguntas, que estarán expuestas desde el lunes posterior a la celebración del pleno en la página web municipal, para dar publicidad a esta medida, sin mencionar los datos personales del solicitante. Antes de hacer pública la respuesta se comunicará al solicitante la contestación, para que este pueda estimar la publicación o no de la misma por parte del ayuntamiento.

Este derecho está amparado tanto por el artículo 228-2 del ROF, en el que se afirma que tras el pleno se podrá tener un turno de preguntas, como por el Reglamento de Participación Ciudadana de Alaquas, en su apartado IV articulo 23 punto 7.

Para Pepe Pons, portavoz del Grupo Popular Municipal, es “necesario dar transparencia al funcionamiento del pleno y sobre todo, darle voz a los ciudadanos. Porque al final los políticos debemos ser la voz del pueblo, pero hemos de seguir escuchando y contestando al pueblo”.

“No es de recibo que en cada pleno la señora alcaldesa, Elvira García, diga que responderá a las preguntas del público y que pleno tras pleno las mismas personas vuelvan a acudir a exigir las respuestas prometidas y nunca dadas”, continúa Pons.

“Entendemos que la señora alcaldesa no esté cómoda respondiendo por su gestión, pero es algo necesario para el buen funcionamiento democrático en nuestro municipio. Es intención del Partido Popular que la información de cara a los ciudadanos sea fluida, rápida y sobre todo clara, libre de ambigüedades o de respuestas cuya única finalidad sea contestar, y donde el qué y el cómo no parece importar”, añade Pons.

“Creemos que las preguntas se deberían realizar, con permiso del solicitante, de forma pública. Muchas de ellas pueden ser del interés de todos los vecinos, y la publicidad tanto de las preguntas como de las respuestas facilitaría la comunicación con los ciudadanos. Además este ejercicio de transparencia obliga al ayuntamiento a ser medido y cuidadoso en sus contestaciones, pues todas ellas serán compartidas por la ciudadanía”, asegura el líder popular.

Las respuestas a las preguntas se deberían contestar en un plazo razonable de tiempo, que entendemos debería estar acotado en los 30 días naturales. Tiempo más que suficiente para contestar a la gran mayoría de las demandas vecinales. Con ello se puede facilitar la fluidez de la transmisión de información y que ésta se realice entre el transcurso de dos plenos consecutivos. Si por algún motivo no se pudiera cumplir el plazo máximo de 30 días para la respuesta, se debe de informar al solicitante de las causas del retraso, así como de la previsión de contestación a la solicitud planteada.

 

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