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Agricultura retira 11.500 toneladas de fruta para alimentación animal entre agosto y diciembre

  • La conselleria de Agricultura publica la orden que regula la retirada del mercado de frutas y hortalizas con destino a alimentación animal en estado fresco y biodegradación

  • Más de 200 ganaderos saldrán beneficiados con esta medida

La conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación retirará un total de 11.500 toneladas de fruta para alimentación animal entre agosto y diciembre de 2008.

De esta acción se benefician los agricultores, ya que a través de las retiradas las organizaciones de productores ven mejoradas las condiciones de acceso al mercado. Y también los ganaderos, que reciben los productos retirados. En concreto, con esta medida saldrán beneficiados más de 200 titulares de explotaciones ganaderas.

El objetivo es contribuir a retirar los sobrantes de cítricos del mercado en fresco y ayudar, al mismo tiempo, a reducir los costes de producción de los ganaderos.

La retirada de frutas y hortalizas es una de las medidas previstas en la OCM de frutas y hortalizas. Su objetivo es sacar del mercado una parte de la producción con el fin de ajustar la oferta a la demanda y estabilizar los mercados.

De las 11.500 toneladas, 4.280 corresponden a naranjas, 3.400 a clementinas, 1.580 a satsumas, 1.300 a sandías, 820 a caqui y 120 a ciruelas.

Asimismo, la conselleria ha publicado la orden reguladora de la retirada del mercado de frutas y hortalizas con destino a alimentación a nimal en estado fresco y biodegradación.

En ella se establecen las condiciones que deben cumplir las organizaciones de productores y los ganaderos en el suministro y utilización de los productos hortofrutícolas retirados del mercado con destino a la alimentación animal en estado fresco; las condiciones que deben cumplir las organizaciones de productores y los vertederos autorizados en el caso de retiradas de albaricoques con destino a biodegradación; y los procedimientos que deben seguirse.

Asimismo, se fijan las cantidades máximas de productos retirados que se podrán suministrar a los ganaderos o asimilados con destino a la alimentación animal en estado fresco varían según la especie de animal. Así, para ganado vacuno serán 24 kilogramos por cabeza y día, para ganado vacuno de leche en el pico de lactación, 19 kilogramos por cabeza y día, para ganado ovino, caprino y rumiantes salvajes, hasta 4 kilogramos por cabeza y día, enguanto a ganado porcino 13 kilogramos por cabeza y día. Y a aves de corral y caza menor, un máximo de 1 kilogramos por cabeza y día.

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