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El Ayuntamiento aprobará la modificación de la ordenanza de protección de imagen de la ciudad tras rechazar las alegaciones de EU

  • La normativa facilita el reparto de publicidad y octavillas en la vía pública al sustituir la autorización del Ayuntamiento por una comunicación previa

  • La ordenanza introduce el depósito de una fianza de 100 euros para hacer frente a los posibles gastos extraordinarios de limpieza

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig aprobará en el pleno ordinario de noviembre la modificación de la ordenanza de protección de la imagen de la ciudad tras rechazar las únicas alegaciones presentadas por Esquerra Unida (EU). La normativa facilita el reparto de publicidad y octavillas en la vía pública al sustituir la autorización por una comunicación previa e introduce el depósito de una fianza para cubrir posibles gastos extraordinarios de limpieza.

El concejal de Presidencia, José Juan Zaplana, ha explicado que “el objetivo es agilizar el proceso, ya que a partir de ahora solo se exigirá una comunicación previa en lugar de la autorización que se pedía anteriormente, aunque se requerirá depositar una fianza de 100 euros como exigencia de responsabilidad a los responsables del reparto por si se derivara algún tipo de incidencia o actuación de limpieza extraordinaria”.

Zaplana ha añadido que “la modificación de la ordenanza simplifica el procedimiento de reparto de publicidad y octavillas en la calle, por lo que en ningún caso supone la limitación de ningún derecho ciudadano y, además, se introduce el pago de una fianza simbólica para que sus promotores se responsabilicen de que el reparto se realice sin ocasionar suciedad o daños en el mobiliario urbano”.

El informe jurídico rechaza todas las alegaciones presentadas por el grupo municipal de EU, ya que la anterior ordenanza ya preveía la imposición de una fianza por la distribución de folletos u octavillas. Además, establece que la fianza no pretende garantizar el servicio ordinario de limpieza, sino una actividad extraordinaria derivada de la suciedad generada en la vía pública como consecuencia de dicho reparto.

Prohibición de los ‘gorrillas’
La modificación de la ordenanza de protección de la imagen de la ciudad también introduce la prohibición expresa de ofrecer indicaciones de aparcamiento o vigilancia del vehículo estacionado sin autorización municipal, una actividad ejercida por los denominados popularmente como ‘gorrillas’. La normativa municipal recoge sanciones de hasta 300 euros.

Zaplana ha explicado que “el objetivo de esta modificación es actualizar y mejorar una ordenanza que data del año 1997 para incluir en ella la prohibición de ofrecer el servicio de ‘gorrillas’, que se suma a otras ya contempladas en la normativa municipal como la venta ambulante, la limpieza de parabrisas o la venta de objetos a vehículos en espera en los semáforos”.

El concejal ha indicado que “aunque el servicio de ‘gorrillas’ no está generalizado en el municipio, sí se están registrando casos puntuales que nos obligan a actualizar la ordenanza para proteger la imagen de la ciudad y evitar las molestias que puedan ocasionar a los conductores”.

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