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La Central de Compras de la Generalitat consigue un ahorro cercano a los 20 millones

    La Central de Compras de la Generalitat ha conseguido hasta la fecha un ahorro próximo a los 20 millones de euros, lo que supone un ahorro medio del 32,8%, ahorró que alcanzará los 30 millones cuando finalicen los trabajos de centralización de compras de las 18 familias previstas a través de la Central.

    Así se desprende del balance de la Central de Compras 2012-2014 del que ha tomado razón hoy el Consell.

    El grado de ejecución alcanzado por la centralización de suministros y servicios ofrecidos a la Generalitat, además de los suministros y servicios de telecomunicaciones y TIC asignados a la DGTI al nombrarla servicio especializado, se sitúa en torno al 70%, puesto que se encuentran en fase de tramitación o ejecución un total de 26 suministros o servicios de los 37 previstos.

    El buen funcionamiento de la Central de Compras ha supuesto que un total de 49 entidades se hayan vinculado a este mecanismo de contratación más eficiente y moderno, un 86% con carácter obligatorio y el resto mediante adhesión voluntaria para beneficiarse de los servicios que presta.

    Creación de la Central de Compras

    La Central de Compras nace a través del Decreto 16/2012 de 20 de enero del Consell con el objetivo de centralizar la contratación de los suministros y servicios de características homogéneas en la Administración valenciana, conseguir una mayor racionalización de la contratación, así como obtener mejores precios en la adquisición de suministros y servicios aprovechando las economías de escala.

    La Central de Compras utiliza para sus contrataciones la plataforma GE-Compras, que está permitiendo reducir las cargas administrativas de las empresas; disminuir los costes al eliminar papel y desplazamientos innecesarios; reducir las cargas administrativas al poder realizar las comunicaciones y notificaciones a los licitadores de forma electrónica; generar mayor sensibilidad y transparencia en la contratación; además de reducir el ciclo de compra y de pago.

    De hecho, la Central de Compras es la más avanzada de las administraciones públicas en España y su plataforma GE-Compras ha sido seleccionada por el proyecto europeo de innovación LIPSE para su estudio y como modelo para compararla con iniciativas de otros diez países comunitarios, al ser considerada como la más avanzada actualmente.

    A su vez, desde el Consell se ha apostado por avanzar hacia una Administración sin papel a través de actuaciones como la facturación electrónica con carácter obligatorio para los proveedores, medida que supone un paso más hacia una Administración más moderna, eficiente, ágil y cercana a los ciudadanos.

    El Consell aprueba el Proyecto de Ley por el que se regula la Iniciativa Legislativa Popular

    El Consell ha acordado el Proyecto de Ley por el que se regula la Iniciativa Legislativa Popular (ILP), cuyo objeto es ordenar, en desarrollo del artículo 26.2 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, el ejercicio de la iniciativa legislativa popular ante Les Corts, como expresión del derecho fundamental de los valencianos a la participación directa en los asuntos públicos, previsto en el artículo 23.1 de la Constitución Española.

    El proyecto de ley fomenta la participación directa de la ciudadanía en la gestión de los asuntos públicos, mediante la presentación de proposiciones de ley sobre aquellas cuestiones que sean de su interés. Además, potencia la interacción entre la ciudadanía y Les Corts, como institución de la Generalitat que encarna el ejercicio de la potestad legislativa y representa la voluntad del Pueblo Valenciano.

    El proyecto contribuye a hacer de la iniciativa legislativa popular un cauce más ágil, útil y práctico de expresión, para el conjunto de la sociedad y al mismo tiempo simplificar el procedimiento para ejercer la iniciativa legislativa popular, reforzando las garantías que requiere el uso de esta figura.

    Con su aprobación se introducen diversas novedades, entre ellas, se suprime la necesidad de aportar, junto al escrito de presentación de la iniciativa ante la Mesa de Les Corts, una memoria justificativa de las razones que deberían llevar, a juicio de los solicitantes, a tramitar y aprobar la proposición de ley.

    También se elimina el trámite de ratificación que preveía el artículo 6 de la Ley 5/1993, de 27 de diciembre, en el cual la comisión promotora debía ratificar la iniciativa ante el Letrado Mayor de Les Corts, dentro de los quince días siguientes a su presentación. En el Proyecto de Ley, la designación se efectúa, junto con la de la comisión promotora, en el escrito de presentación inicial.

    El Proyecto de Ley introduce también una previsión según la cual, si la iniciativa se presentara fuera de los periodos ordinarios de sesiones parlamentarias, los plazos comenzarán a computarse a partir de la fecha de inicio del periodo inmediatamente posterior. También como novedad se incluye la obligación, para los servicios jurídicos de Les Corts, de prestar asesoramiento a los miembros de la comisión promotora para facilitarles el cumplimiento de las formalidades y los requisitos previstos en la Ley

    Otro de los aspectos novedosos es la previsión del posible desistimiento de la comisión promotora. De hecho, desde su presentación hasta el momento inmediatamente anterior a la publicación de la proposición de ley en el Butlletí Oficial de Les Corts de conformidad con el artículo 14.1 de esta Ley, la comisión promotora podrá desistir de la iniciativa y retirarla.

    El proyecto que ha aprobado el pleno reduce, de veinte a quince días, el plazo del que dispone la Mesa de Les Corts para admitir o inadmitir la iniciativa y se rebaja el número de firmas de electores exigido para tramitar una iniciativa, que pasa de 50.000 a 25.000.

    Entre los nuevos aspectos que contempla el Proyecto de Ley cabe destacar la ampliación de cuatro a cinco meses, el plazo para completar el proceso de recogida de firmas. Ese plazo podrá prorrogarse hasta los siete meses -anteriormente eran seis- a petición de la comisión promotora.

    Se reduce, de diez a siete días, el plazo del que dispone la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana para, una vez recibidos, devolver a la comisión promotora, debidamente sellados y numerados, los pliegos para que pueda iniciar la recogida de firmas y se introduce la posibilidad de recoger las firmas como firma electrónica, de conformidad con lo previsto por la normativa aplicable en la materia, en cuyo caso esta circunstancia deberá ponerse en conocimiento de la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana para que adopte las medidas pertinentes a los efectos de garantizar el correcto desarrollo del proceso.

    En cuanto a la autentificación de las firmas, se incorporan dos novedades: Por un lado, se mantiene la opción de que puedan autenticarlas los notarios y los Secretarios de Ayuntamientos, pero se suprime la posibilidad de que lo haga un cónsul y se introduce al Secretario Judicial, en línea con lo previsto en la normativa estatal sobre la materia.

    Por otra parte, en cuanto a los fedatarios especiales, se armonizan los requisitos exigidos a esta figura con el artículo 3.1 del Estatut d'Autonomia y se prevé que tengan que jurar o prometer el adecuado desempeño de sus funciones ante el Secretario o la Secretaria de la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana, no ante el Letrado Mayor de Les Corts, como antes.

    Se aprueba el decreto para actualizar la documentación para las elecciones a Les Corts

    El Consell también ha aprobado hoy la modificación del Decreto 168/2010 por el que se determinan las condiciones de los locales y las características de las urnas, papeletas sobres y demás documentación electoral a utilizar en las elecciones a Les Corts.

    En base a las observaciones realizadas por la Administración Electoral, ha sido necesaria una revisión del mismo, tanto desde el punto de vista normativo como de la racionalización y modernización de la gestión electoral.

    Así pues, un primer ámbito de revisión se adapta a la normativa actual los diferentes impresos relacionados con el procedimiento de voto de los españoles residentes en el extranjero, se suprimen del texto las remisiones normativas específicas por otras de carácter más genérico a la legislación electoral, lo que le dota de mayor estabilidad ante futuros cambios y finalmente, se ha procedido a una actualización pormenorizada de la totalidad el material electoral impreso.

    En relación a esta última iniciativa, y con el fin de racionalizar la gestión de los medios impresos electorales, se llevará a cabo el rediseño de impresos y sobres para facilitar su uso, se reducirá el número de copias y se unificarán algunos modelos.

    En esta misma de modernización, se continúa con el impulso de las nuevas tecnologías y en concreto la utilización de impresos en formato electrónico.

    La aprobación del presente decreto no implica incremento en el gasto del presupuesto asignado a la conselleria de Gobernación y Justicia en materia de procesos electorales.

    Convenio para la ejecución del Plan de Actuación Territorial Estratégico Alcoinnova

    El Consell ha tomado razón del convenio suscrito entre la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo y el grupo empresarial La Española Alimentaria Alcoyana S.A. para la ejecución del Plan de Actuación Estratégica "Alcoinnova Proyecto Industrial y Tecnológico".

    El proyecto "Alcoinnova Proyecto Industrial y Tecnológico", ubicado en el municipio de Alcoy, supone una implantación industrial con un elevado contenido tecnológico e innovador en un entorno comarcal caracterizado por su especialización en el sector industrial y la presencia de una elevada tasa de emprendedores.

    La actuación se localiza en uno de los ejes estratégicos de la Comunitat Valenciana, como es el corredor de la A-7, aprovechando todos sus componentes de excelencia territorial para generar unas tasas elevadas de renta y empleo.

    Esta iniciativa tiene como objetivos fundamentales crear un espacio industrial singular y de elevada calidad en un municipio como Alcoy, declarado por el Consell como Área Industrial Prioritaria, capaz de acoger actividades de elevado valor añadido en los campos tecnológico y logístico, y con la presencia de empresas punteras y de reconocido prestigio en el sector industrial comprometidas con la innovación, la diversificación y la internacionalización.

    También persigue canalizar una inversión cuyo impacto total alcanzaría los 80 millones de euros y la creación/mantenimiento de unos 750 puestos de trabajo, entre directos, indirectos e inducidos sólo en la primera fase, pudiendo alcanzarse los 2.000 empleos en la segunda fase de implantación de empresas.

    Además, desarrollará la Estrategia de Política Industrial Visión 2020 de la Generalitat, cuyo objetivo principal es aumentar el peso del sector industrial hasta el 20% del PIB de la Comunitat, y potenciará el emprendimiento como eje fundamental para que el sector industrial recupere el importante protagonismo que le corresponde por nuestra tradición y capacidad empresarial.

    Asimismo, con su puesta en marcha se potenciarán espacios de actividad económica funcionales y atractivos desde el punto de vista de sus condiciones ambientales, paisajísticas y arquitectónicas para favorecer la retención y atracción de inversiones y de profesionales con elevada cualificación capaces de desarrollar procesos de innovación en el territorio y se establecerá un diálogo que produzca efectos sinérgicos y complementarios entre la actuación y su entorno ambiental y paisajístico, mediante un compromiso permanente de contribución del proyecto a la mejora del Parque Natural del Carrascar de la Font Roja, en los términos que disponga el departamento competente en materia de gestión del medio natural.

    La ejecución de este proyecto producirá también un efecto demostrativo que servirá de referente para otros proyectos que se implanten en el territorio. La calidad de su diseño arquitectónico, que será sometido a un concurso de ideas, y su integración paisajística serán condicionantes fundamentales para su materialización, y le otorgarán una marca de calidad acorde con su capacidad de dinamización económica y social.

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