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Se aprueba en Les Corts la nueva Ley de Salud valenciana

    La nueva Ley de Salud ha sido aprobada hoy en el Ple de les Corts Valencianes. Se trata de una nueva normativa global e integradora, que se caracteriza principalmente por una simplificación del marco legal sanitario, ya que aglutina siete leyes sanitarias que había anteriormente, y que ahora se integran en la nueva Ley de Salud.

    En este sentido, la legislación sanitaria queda reducida a dos cuerpos legislativos: la nueva Ley de Salud de la Comunitat Valenciana y las tres leyes que regulan la ordenación y prestación farmacéutica. El trato diferenciado del ámbito farmacéutico responde a que, desde el nacimiento del Sistema Nacional de Salud, el Estado mantiene separada la regulación de las bases y coordinación general del sistema sanitario y aquellas otras normas que regulan ámbitos específicos como la atención farmacéutica.

    Según ha destacado el conseller de Sanitat "la nueva Ley de Salud establece un nuevo marco global e integrador de ordenación de la sanidad pública valenciana". Asimismo, cabe destacar el alto grado de consenso alcanzado con los colectivos profesionales y sociales en la elaboración de la nueva ley, cuyo contenido ha sido debatido en el Consejo de Salud de la Comunitat, lo que va a permitir que tenga permanencia en el tiempo.

    Estructura de la Ley

    La Ley se estructura en nueve títulos, en los que además de quedar definido el Sistema Valenciano de Salud como organización, se establecen las prestaciones sanitarias a las que pueden acogerse los valencianos. También recoge las directrices en materia de salud pública y drogodependencias; concreta los derechos y deberes del ciudadano en el ámbito de la salud y define la capacidad interventora de la administración sanitaria a la hora de controlar y sancionar aquellos aspectos que afectan a la salud individual y colectiva de la población.

    Principales novedades

    En primer lugar, la nueva norma reconoce la condición de autoridad pública a los profesionales sanitarios del Sistema Valenciano de Salud en el ejercicio de las funciones, los cuales gozarán de la protección reconocida a tal condición por la legislación vigente. Esto supone una mayor protección legal ante una posible agresión y la calificación del hecho como delito de atentado y no como delito de agresión, lo que supone una pena superior.

    También se refuerza la participación ciudadana en el Sistema Valenciano de Salud y para ello se prevé la creación del Comité de Pacientes de la Comunitat, como órgano de carácter consultivo, y del Registro Autonómico de Entidades en Salud, que supondrá una herramienta para la planificación de políticas en materia de atención integral al paciente.

    En materia de derechos de pacientes, se simplifican los documentos del consentimiento informado respecto a la ley anterior a fin de hacer más flexible y eficiente su utilización. Además, se regula el consentimiento informado para menores cuando sus progenitores estén separados o divorciados.

    Además, la nueva normativa potencia el establecimiento de un único modelo normalizado de historia clínica electrónica en el sistema sanitario valenciano.

    En cuanto a Salud Pública, prevé el reconocimiento legal de las Redes de Promoción de la salud, como herramientas de intercambio de conocimiento y aprovechamiento de experiencias y proyectos realizados en distintos ámbitos. En el ámbito de las drogodependencias y otros trastornos adictivos, se contempla de forma expresa la adicción a las nuevas tecnologías, tales como teléfono móvil, internet, videojuegos y contenidos virtuales.

    Y por último, se unifican los diversos regímenes sancionadores concurrentes en materia de ordenación y asistencia sanitaria, salud pública y drogodependencias. A tal efecto, se ha dispuesto una regulación común sobre prescripción de infracciones y sanciones, criterios de graduación, sujetos responsables y procedimiento sancionador.

    Despliegue normativo

    La norma deberá ser desarrollada a través de la promulgación de varios Decretos del Consell, que concretarán algunos de los ámbitos contemplados en la Ley.

    Por ejemplo, el Decreto por el que se desarrolle el Consejo de Salud de la Comunitat Valenciana y los Consejos de Salud de los departamentos de salud; el que regule la estructura, organización, atribuciones y régimen de funcionamiento del Sistema Valenciano de Salud; y el Decreto de creación del Comité de Pacientes de la Comunitat. Otros Decretos que desarrollarán la presente norma son el que actualice la regulación de la historia clínica; el que actualice y clarifique el régimen competencial en materia de policía sanitaria mortuoria; y el que desarrolle el ámbito relativo al Sistema de Información Poblacional (SIP).

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