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Mónica Oltra será juzgada por una falta de desobediencia leve

  • Se le acusa por estar vinculada con los incidentes del derribo de una casa en el Cabañal

Así se desprende del auto dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia en el caso Cabanyal/Mónica Oltra por el que la Audiencia, estima los recursos contra el archivo por prescripción acordado por el Juzgado de Instrucción 10 y ordena a este juzgado poner fecha al juicio por una falta de desobediencia leve.

El tribunal deja acepta los recursos interpuestos por el ministerio fiscal y la representación del Ayuntamiento de Valencia contra el auto del juzgado de Instrucción número 10 de Valencia.

Según se desprende del auto del TSJCV, la Diputada autonómica por Compromís será juzgada por los incidentes del Cabañal, por el desalojo por derribo de una vivienda en el marco del Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del pasado 6 de Abril de 2010.

Quedan rechazados los argumentos de prescripción del delito y continuarán las diligencias por el juicio de faltas. “Se estima el recurso de apelación interpuesto por R.P.G y se deja sin efecto el auto del 28 de marzo de 2011 así como el Auto de 8 de Junio de 2011 desestimatorio de la reforma del anterior, y acordar la continuación de las Diligencias integradas en el Juicio de Faltas 279/2010, al que se han acumulado las restantes que obran en las actuaciones debiendo convocar a las partes al correspondiente Juicio de Faltas para depurar las responsabilidades a que hubiere lugar” concluyó la Audiencia.

 

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