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Subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad en empresas ordinarias

  • Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la ayuda, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de septiembre de 2014

El Concejal de Fomento, Empleo y Desarrollo Local, José Antonio Sánchez García, informa que en el día de hoy ha sido publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana la Orden 20/2014, de 01 de Julio, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo, por la que se trata de favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, mediante el apoyo a la contratación indefinida, contratación temporal y adaptación del puesto de trabajo.

En calidad de empleadoras podrán ser beneficiarias, con carácter general, las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana. En caso de ayudas por contratación indefinida de personas con discapacidad y adaptación del puesto de trabajo, cualquier empleador, incluidas las cooperativas de trabajo asociado que incorporen como socios a trabajadores con discapacidad.

La cuantía de las ayudas por contratación indefinida a jornada completa ascenderá a 3.907 euros. Los contratos a tiempo parcial, así como la modalidad de fijo discontinuo serán subvencionables, con reducción proporcional de la citada cuantía. Resultarán también subvencionables la transformación en indefinidos de contratos temporales, así como la transformación en indefinidos de contratos de aprendizaje, en prácticas y para la formación de trabajadores con discapacidad.

La cuantía de las ayudas por contratación temporal a jornada completa, de al menos seis meses de duración, será:

-En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial de al menos un 33 por ciento e inferior al 65 por ciento, la ayuda ascenderá a 2.000 euros.
-En el caso de trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 por ciento, o física y sensorial igual o superior al 65 por ciento, la ayuda ascenderá a 2.500 euros.

Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen una duración de al menos veinte horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

Las contrataciones deberán efectuase en 2014 y ejecutarse en centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana. No obstante, también resultarán subvencionables las contrataciones indefinidas iniciales que hubieran tenido lugar en el último trimestre de 2013.

Los empleadores que resulten beneficiarios deberán formalizar los contratos de trabajo por escrito; y en caso de contratación indefinida, mantener el empleo creado durante al menos tres años. En caso de contratación temporal el empleo creado deberá mantenerse durante seis meses.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la ayuda, sin que en ningún caso puedan presentarse después del 30 de septiembre de 2014. Para las contrataciones efectuadas antes de la publicación de la Orden, el plazo de dos meses se iniciará el día siguiente a dicha publicación.

Todos los interesados que deseen una información más completa sobre estas ayudas pueden acudir a las dependencias de la Agencia de Desarrollo Local, sita en Avenida de las Habaneras, 20, donde serán atendidos por personal cualificado.

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