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El SERVEF dará ayudas para el abono de cuotas a la Seguridad Social a los trabajadores que perciban la prestación por desempleo en su modalidad de pago único

  • Las ayudas compensarán el valor actual del importe total de la prestación

  • La subvención será del 50% de la cuota del régimen correspondiente a la Seguridad Social como trabajador autónomo y del 100% en el caso de empresas de economía social

El Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF) dará ayudas para compensar el abono de cuotas a la Seguridad Social que hayan efectuado los trabajadores que hubieran percibido la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, por el valor actual del importe total de la prestación.

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana publica hoy esta orden de ayudas de la que podrán beneficiarse aquellos trabajadores que hayan percibido dicho prestación en su modalidad de pago único y que hayan iniciado una actividad dentro del mes siguiente a la percepción de la prestación.

El importe de la subvención ascenderá al 50% de la cuota al régimen correspondiente a la Seguridad Social como trabajador autónomo calculada sobre la base mínima de cotización; y al 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social, si se trata de socios trabajadores o de trabajo de empresas de economía social que hayan elegido un régimen distinto del de autónomos.

Estas ayudas estarán sometidas al régimen de ayudas de minimis y por tanto no podrán concederse a los sectores pesca y acuicultura, producción primaria de productos agrícolas, carbón, actividades relacionadas con la exportación a terceros países o estados miembros cuando la ayuda esté vinculada a la creación y funcionamiento de una red de distribución o a otros gastos de explotación vinculadas a la actividad de exportación. Asimismo, también quedan excluidas las empresas en crisis.

Este programa tendrá un importe global máximo de 400.000 euros procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal.

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