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El Consell aprueba la distribución de ayudas para paliar los daños producidos por los incendios de Andilla y de Cortes de Pallás

El Consell aprueba la distribución de ayudas para paliar los daños producidos por los incendios de Andilla y de Cortes de Pallás
  • El Pleno acuerda un anticipo de 3.850.000 euros del total de las ayudas destinadas a paliar los daños producidos por el incendio

El Pleno del Consell ha aprobado la distribución de un anticipo de los fondos y el convenio de colaboración entre la Conselleria de Gobernación y los ayuntamientos de los municipios afectados por los incendios de Cortes de Pallás y de Andilla que figuran en el anexo del Decreto 112/2012, de 6 de julio del Consell, sobre ayudas y medidas para paliar los daños producidos por los mismos.

El convenio tipo servirá para establecer los términos en los que todas las entidades colaboradoras realizarán la gestión y e pago de las ayudas previstas en el Decreto 112/2012. Así, serán entidades colaboradoras las siguientes corporaciones locales en la provincia de Valencia: Alborache, Alcublas, Andilla, Catadau, Carlet, Cortes de Pallás, Dos Aguas, Llíria, Llombai, Macastre, Millares, Montroy, Real, Tous, Turís y Yátova. En la provincia de Castellón son: Altura, Bejís, Jérica, Sacañet, Teresa y Viver.

La Generalitat financiará estas ayudas con un importe total de 9 millones de euros. A la firma de estos convenios, se anticipará a las entidades colaboradoras mencionadas un total de 3.850.000 euros, que se distribuirá de la siguiente manera:

- En la provincia de Valencia: Alborache: 125.000 euros; Alcublas, 250.000 euros; Andilla, 400.000 euros; Catadau, 150.000 euros; Carlet, 100.000 euros; Cortes de Pallás, 200.000 euros; Dos Aguas, 450.000 euros; Llíria, 125.000 euros; Llombai, 125.000 euros; Macastre, 225.000 euros; Millares, 15.000 euros; Montroy, 125.00 euros; Real, 100.000 euros; Tous, 200.000 euros; Turís, 150.000 euros; Yátova, 200.000 euros.

- En la provincia de Castellón: Altura, 400.000 euros; Bejís, 100.000 euros; Jérica, 200.000 euros; Sacañet, 100.000 euros; Teresa, 100.000 euros; Viver, 10.000 euros.

El resto se abonara por la Generalitat una vez se justifique por la entidad colaboradora la correcta aplicación de la suma librada, según la redistribución de los fondos que se efectuará mediante nuevo acuerdo del Consell.

Las entidades colaboradoras estarán obligadas a otorgar dichas ayudas en régimen de concesión directa, en aras al interés público y social, derivado de las singulares circunstancias que han concurrido en esta emergencia. Estas entidades serán las encargadas de:

-Recibir las solicitudes formuladas por los interesados afectados, que podrán utilizar el modelo que se adjunta como anexo I del convenio.

-Verificar por personal funcionario de la propia corporación local, la existencia del daño realmente producido y respecto del cual, el interesado solicita las ayudas que constan en su solicitud.

-Comprobar que los solicitantes cumplen con los requisitos necesarios establecidos en el Decreto 112/2012 para obtener la condición de beneficiario en cada una de las ayudas previstas.

-Certificar la justificación de los gastos realizados por los beneficiarios de estas ayudas, a excepción de la ayuda singular para establecimientos de turismo interior de alojamiento.

-Resolver la concesión de ayudas y entregar a los beneficiarios los fondos percibidos.

-Realizar el pago al beneficiario previa certificación expedida por el secretario/interventor de la corporación local del municipio.

-Justificar ante la conselleria de Gobernación, la aplicación de los fondos percibidos según el modelo que se acompaña como anexo II del convenio.

-Someterse a las actuaciones de comprobación respecto a la gestión de dichos fondos realicen los técnicos competentes en la materia objeto de estas ayudas de la conselleria de Infraestructuras, Territorio y medio Ambiente; conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua; conselleria de Turismo, Cultura y Deporte; y conselleria de Gobernación, así como respecto a las actuaciones de control financiero que realice la Intervención de la Generalitat y a los procedimientos fiscalizadores de la Sindicatura de Comptes.

-Reintegrar los fondos percibidos que no hubiesen sido debidamente justificados en tiempo y forma ante la conselleria de Gobernación.

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