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El Ayuntamiento no cobrará la plusvalía a las personas que han sido desahuciadas

    El Ayuntamiento de Picassent ha introducido un cambio en la ordenanza que regula el pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, más conocido como “plusvalía”. Un impuesto que normalmente se paga al Ayuntamiento en el caso de que una persona venda o transmita una vivienda de su propiedad.

    La modificación de la ordenanza supone una adaptación a la ley vigente y contempla la situación de los contribuyentes que han perdido su vivienda habitual a causa de una dación en pago o una ejecución hipotecaria. En este sentido, si este hecho se hubiera producido después del 1 de enero de 2014, o incluso en años anteriores sin haber prescrito, la persona que ha entregado su vivienda no está obligada a pagar el citado impuesto. Una medida que viene a aliviar lo que supone la situación de tener que saldar la deuda hipotecaria entregando la propia vivienda a causa de no poder hacer frente a los pagos.

    Aquellos vecinos que se encuentren en esta situación y soliciten la exención del pago de este impuesto, deberán figurar empadronados en la vivienda habitual afectada al menos los dos años anteriores a la transmisión del inmueble.

    ¿Dónde deben dirigirse para presentar la solicitud de exención?

    Deberán dirigirse a la OAC, (Oficina de Atención Ciudadana), y rellenar una instancia-modelo con la solicitud de exención, la cual, incluye una declaración responsable en la que conste que ni la persona deudora, ni cualquier otro miembro de su unidad familiar, cuenta con los recursos económicos suficientes para pagar la totalidad de la deuda hipotecaria.

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