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El Ayuntamiento de Picassent facilita a los contribuyentes el pago de deudas

  • A iniciativa de la Concejalía de Hacienda se han aprobado en el pleno municipal varias modificaciones en la ordenanza de recaudación

  • Entre ellas, destaca aquella que amplía los plazos para que la ciudadanía pague sus tributos pendientes

Ante la grave situación económica que están atravesando numerosas familias y empresas de Picassent, con el fin de facilitar el pago de deudas pendientes con el Ayuntamiento, desde la concejalía de Economía y Hacienda se ha promovido la modificación de la ordenanza general de recaudación de tributos y demás ingresos de derecho público. Esto significa que aquellas personas que ahora mismo tienen deudas económicas con el Ayuntamiento de Picassent van a poder aplazar y fraccionar sus pagos en un periodo más largo de tiempo, y por otro lado, en el caso que las cantidades sean elevadas, se ha subido el tramo a partir del cual se debe exigir una garantía, en la mayor parte de los casos, un aval bancario.

De este modo, cuando en la antigua ordenanza se establecía que las deudas inferiores a 600 euros, debían pagarse, como máximo, en un período de 3 meses; en este caso, con la entrada en vigor de la nueva ordenanza, se establecen numerosas especificaciones para diversos importes. Por ejemplo, las deudas cuyo importe principal sea entre 60 y 150 euros, podrán aplazarse o fraccionarse en tres meses como máximo; y si el importe va de 150 a 300 euros, hasta en seis meses. Así, se incluyen hasta más de diez especificaciones de cantidades y plazos.

“Esta nueva ordenanza supone un gran cambio cualitativo respecto a la anterior, ya que los vecinos y vecinas de Picassent ganan en flexibilidad a la hora de cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias”, afirma el concejal de Hacienda, Paco Quiles.

Otro de los cambios sustanciales que recoge la ordenanza es la exigencia de garantía o aval, la cual, anteriormente se exigía automáticamente a partir de una deuda de 600 euros, y ahora el Ayuntamiento la solicita a partir de una cantidad mucho más alta: en el caso de deudas en periodo de recaudación en ejecutiva, el límite se establece en 3.000 euros, y en periodo voluntario en 5.000 euros.

“Lo que se pretende con este nuevo texto es que la ciudadanía que tenga pendientes los pagos de sus tributos no se “agobie” a la hora de pagar y pueda hacerlo cómodamente en varios plazos, estableciendo siempre un pago mínimo de 20 euros al mes”, concluye el concejal de Hacienda.

Aquellas personas interesadas en fraccionar sus deudas pueden hacerlo a través de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, donde deberán rellenar un modelo de solicitud de fraccionamiento o aplazamiento, además de presentar otro tipo de documentación requerida.

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