Lorenzo: “Las cónyuges de los propietarios de explotaciones agrarias de Castellón podrán solicitar la cotitularidad de las mismas”
El 10% de las mujeres de la provincia reside en el ámbito rural
El 73% de los titulares de las explotaciones agrarias son hombres
En más de la mitad de las explotaciones agrarias las mujeres trabajan en calidad de cónyuges o de hijas de los titulares
Según ha explicado, el Real Decreto tiene por objeto promover la titularidad compartida de las explotaciones agrarias entre los cónyuges o miembros de las parejas de hecho reconocidas o inscritas en algún registro público, así como extender los beneficios en la cotización a la Seguridad Social a las mujeres que ostenten dicha cotitularidad.
Por lo que a la provincia de Castellón respecta, Lorenzo ha señalado que, “el 73% de los titulares de las explotaciones agrarias son hombres y en más de la mitad de esas explotaciones, trabajan mujeres en calidad de cónyuges o de hijas de los titulares”.
El subdelegado ha destacado que el Real Decreto supone un avance social porque con su entrada en vigor “las ayudas, pagos, derechos de producción, primas, cuotas u otras medidas de efecto equivalente que correspondan al titular de la explotación, se atribuirán conjuntamente a los cotitulares que hayan comunicado a la administración competente la existencia de dicha cotitularidad, a cuyo efecto será preciso señalar la cuenta conjunta en que deban hacerse efectivos los correspondientes ingresos”.
Para la regulación completa de la figura de titularidad compartida de las explotaciones agrarias, el Consejo de Ministros ha aprobado también un acuerdo para la realización, por parte del Consejo de Estado, de un estudio que deberá analizar, entre otras cuestiones, los efectos jurídicos posibles (administrativos, económicos, patrimoniales o sociales) y el alcance de los derechos y obligaciones. Igualmente recogerá un análisis de la normativa vigente que pueda verse afectada y una propuesta de las modificaciones necesarias.
El estudio abordará también las medidas necesarias para el desarrollo del régimen de cotitularidad de bienes, derechos y obligaciones en el sector agrario y la protección correspondiente de la Seguridad Social, así como sobre los incentivos para la promoción al acceso de la titularidad compartida como ayudas que puedan otorgarse preferentemente a esas explotaciones y bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social, entre otras medidas.