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Los tribunales no declaran ilegal la subrogación de la E.I. Fuente del Jarro

    Los tribunales no declaran ilegal la subrogación de los trabajadores y trabajadoras que fueron contratados para municipalizar la Escuela Infantil Fuente del Jarro. Así se desprende de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Valencia, iniciado por la Delegación del Gobierno contra el Ayuntamiento de Paterna.

    La sentencia detalla que fue el Ayuntamiento quien realizó el encargo de gestión a GESPA cuando “correspondía a los órganos de dicha sociedad” decidir sobre la subrogación. Sin embargo, no discute que fuera “necesario y conveniente”, tal como consta en el expediente, la necesidad de continuar prestando este servicio.

    Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Paterna están estudiando la sentencia para decidir si se presenta recurso judicial o no, dado que el fallo sólo anula una mera expresión literal, sin entrar a valorar nada más.

    En el fallo simplemente se anula la expresión “subrogando al personal necesario adscrito a la Empresa concesionaria” del acuerdo de fecha 12 de agosto de 2016, por el que se encomendó la gestión del servicio por parte del Ayuntamiento a la empresa municipal Gestión y Servicios de Paterna.

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