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El Ayuntamiento cobrará un mínimo de 360 euros por cajero o máquina expendedora en la vía pública

  • El Equipo de Gobierno llevará a pleno la modificación de la ordenanza fiscal para aplicar este gravamen a bancos y empresas responsables de máquinas expendedoras

El Gobierno Municipal de Paterna llevará al próximo Pleno ordinario correspondiente al presente mes de octubre el cobro de una tasa por instalación de cajeros automáticos y máquinas dispensadoras en la vía pública. La medida se aprobó por Pleno Municipal a finales de 2012 y se sustenta en la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22 de octubre de 2009, que declaraba que la instalación de estos cajeros “comporta un aprovechamiento no privativo pero si especial de la vía pública por parte de la entidad bancaria titular del cajero automático”, justificando así el cobro de una tasa.

El Equipo de Gobierno no necesitará llevar al Pleno la aprobación de una tasa específica, sino la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por ocupaciones del subsuelo, suelo, y vuelo de la vía pública para que permita la imposición y establecimiento de una tasa que grave el aprovechamiento especial del dominio público por los cajeros de entidades bancarias o financieras y por máquinas expendedoras de vending o de cualquier producto o servicio en los que el acceso directo a los mismos sea desde la vía pública.

En el caso de Paterna los informes de los técnicos municipales plantean que los cajeros automáticos de entidades bancarias, de depósito o financieras así como máquinas automáticas de ‘vending’ o expendedoras de productos o servicios, con acceso directo desde la vía pública deberán abonar anualmente 360 euros por longitud igual o inferior a un metro, así como 120 euros más por cada metro o fracción superior a 25 centímetro que exceda del anterior.

El gravamen que afecta a las entidades de crédito tendrá una periodicidad anual y se pondrá al cobro previsiblemente para el próximo año 2014 una vez supere el proceso de exposición pública y se lleve nuevamente al pleno municipal para su aprobación definitiva.

ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y CUSTODIA DE ANIMALES

Por otro lado el Ayuntamiento de Paterna pondrá en marcha una ordenanza fiscal que gravará la recogida y custodia de animales de compañía. La cuota tributaria se determinará en función del servicio prestado, ya que en día laborable ascenderá a 17 euros por 29 en día festivo, añadiendo 4 euros por día de custodia. El coste por identificación del propietario mediante microchip y localización del mismo se establecerá en 8 euros. Si el animal requiriera consulta veterinaria el coste se establecería en 25 euros, 15 euros si no contará con la pertinente vacuna antirrábica y 60 euros si por enfermedad del animal acreditada por el veterinario hubiera que proceder necesariamente a su eutanasia y posterior incineración. Con esta tasa el Ayuntamiento trata de financiar parcialmente un servicio que viene prestando y fomentar la responsabilidad de los propietarios de animales de compañía para evitar extravíos y abandonos.

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