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Todos los juicios con jurado popular celebrados en la Audiencia de Alicante en 2015 finalizan con condena

  • El sorteo para elegir a los 2.000 candidatos que pueden ser llamados para integrar un jurado en los próximos dos años se ha celebrado hoy

La totalidad de los juicios celebrados mediante el procedimiento del jurado en la Audiencia Provincial de Alicante durante el pasado año judicial acabó en condena. En total, la Audiencia celebró 8 juicios mediante este procedimiento en el último año.

Los asuntos resueltos mayoritariamente mediante este procedimiento son los relacionados con los delitos de allanamiento de morada, asesinato, homicidio y amenazas.

Son datos conocidos hoy durante el sorteo bianual para elegir a los 2.000 integrantes de la bolsa de candidatos a jurado para los juicios que se celebren en los dos próximos años en la Audiencia Provincial.

El presidente de la Audiencia, Vicente Magro, ha agradecido la colaboración de la ciudadanía en el cumplimiento de la función de Jurado y ha señalado que la institución del Jurado en Alicante “ha tenido un desarrollo óptimo desde su inicio ya que en la Audiencia se ha fomentado la necesidad de informar debidamente a los miembros del Jurado de cuáles son sus funciones, entregándoles al inicio de las sesiones un manual práctico sobre qué deben hacer y cómo deben actuar para desempeñar correctamente su función”.

Para el presidente, esta información ha repercutido en el buen desarrollo de los juicios ante una función “que entendemos que es complicada para cualquier ciudadano que no conozca el Derecho y que por ello tenga necesidad de esta ayuda, lo que ha motivado que no se hayan anulado juicios por una posible mala praxis en el funcionamiento del jurado”.

En el caso de la provincia de Alicante han sido elegidos 2.000 ciudadanos y ciudadanas seleccionados por muestreo aleatorio del total del censo de la provincia. Estas 2.000 personas pasan a formar parte de la lista a partir de la cual se realizarán los sorteos previos a cada causa concreta.

Una vez celebrado el sorteo se enviará una comunicación a los elegidos para que tengan conocimiento de su inclusión en la lista de jurados y puedan alegar en caso de que les afecte alguna de las situaciones de incompatibilidad que recoge el artículo 8 de la Ley del Jurado.

Paralelamente, si durante los próximos dos años resultan elegidos para el enjuiciamiento de una causa en concreto, les llegará una citación a su domicilio con todos los datos sobre el asunto y también en este momento podrán alegar posibles causas de incompatibilidad, prohibición o excusa.

Este procedimiento de sorteo para la elaboración de listas de forma aleatoria se realiza siguiendo el artículo 13 de la Ley del Jurado. El sorteo se ha realizado a través de un ordenador, utilizando una combinación matemática que garantiza la aleatoriedad. El programa de ordenador facilita la lista a través de combinaciones numéricas. No se visualizan nombres ni ningún otro dato que permita la identificación de los ciudadanos y ciudadanas elegidos.

La Ley que regula este procedimiento dispone que la función de jurado tiene la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, a los efectos del ordenamiento laboral y funcionarial. Si finalmente el candidato formara parte del jurado, la Ley contempla una retribución diaria de 67 euros.

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