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El pleno aprueba por unanimidad la ordenanza de usos y costumbres del Medio Rural

22/01/2009 | elperiodic.com  
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• Destaca de forma especial el control de prácticas como la espigolá

El pleno ordinario del mes de enero celebrado en el Ayuntamiento de Nules aprobó ayer por unanimidad la Ordenanza Municipal de Uso y Costumbres del Medio Rural del Termino Municipal de la localidad, en la que se recogen diferentes aspectos entre los que destaca, de forma especial, el control de prácticas como la espigolá, una tradición en la citricultura, pero que puede generar importantes problemas si se realiza de forma incontrolada.

Cabe recordar que la semana pasada, tras la denuncia de varios agricultores, la concejalía del área tuvo que responder con rapidez al anuncio por parte de algunos comercios de la compra de fruta espigolada. José M. Casaus, concejal de Agricultura, coordinó la celebración de un Consejo Agrario urgente en el que se acordó elaborar un documento, que ya se ha tramitado a los establecimientos comerciales y que recoge el texto de la ordenanza aprobada, en el que se recuerda que no se puede adquirir fruta de dudoso origen, de manera que sólo es legal la compra de naranjas cuya procedencia está convenientemente identificada.

La citada ordenanza pretende regular todos los aspectos relacionados, como su propio nombre indica, con los usos y costumbres del medio rural, tal es el caso del servicio de vigilancia rural, donde se describen las funciones y se presta especial atención a la prevención de los hurtos; la regulación de las obras y construcciónes; la determinación de las distancias y obras intermedias para ciertas construcciones y plantaciones así como cerramiento de fincas; las transformaciones en fincas rústicas; la distancia para plantaciones, árboles aislados, corte de ramas y raíces y arranque de árboles; regulación de las parcelas rústicas abandonadas y los daños que puedan producirse en propiedades lindantes;  la descripción de caminos rurales y clasificación de los mismo, determinando la anchura de los caminos, sendas y las distancias de separación; la cesión de caminos particulares al Ayuntamiento; las balsas de agua; la instalación de norias; la presencia de animales; la prohibición de los vertidos; los fuegos, quemas y construcciones de quemadores; así como las infracciones, sanciones y procedimiento que se desprenden de los puntos descritos en la ordenanza.

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