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Los sindicatos ganan la sentencia sobre el incremento salarial del IPC del año 2009 en el sector del azulejo

  • El pasado lunes 13 de septiembre se hizo pública la sentencia que otorgaba la razón a las demandas de los sindicatos CCOO y UGT sobre la subida pactada por convenio del IPC del año 2009 en un 2.5 % y que fue incumplida por ASCER

Ante el incumplimiento por parte de ASCER de aumentar el porcentaje del IPC pactado el pasado año 2009 según el Convenio Colectivo que rige este sector, los sindicatos mayoritarios interpusieron una demanda ante los tribunales (además de varias movilizaciones), pero el Tribunal Superior de Justicia Valenciano dictaminó una sentencia favorable a la patronal, siendo esta sentencia modificada por el Tribunal Supremo de Justicia en el recurso que tanto CCOO como UGT interpusieron frente a esta sentencia.

A principios del 2010, después de varios contactos, finalmente se decidió establecer unas subidas salariales para el 2010 pactadas y de carácter provisional, hasta la espera del dictamen del Supremo. Las subidas quedaron establecidas en un 1,5 % para el 2010, y un 0,2% para el 2009.

Echando un poco la vista atrás, en la última negociación del convenio se estableció una subida para el 2008 de un 3%, y el resto de años de vigencia el IPC previsto por el Gobierno más un incremento de mejora del 0,5%.

En el 2008 el IPC real acabó siendo del 1,4%, que con el incremento de mejora del 0,5%, se establecía en un 1,9%. Esta conclusión de ASCER era inferior al IPC pactado por convenio que establecía una subida del 3%, por lo cual, dado que la diferencia resultante era de un 1,1% favorable al trabajador, la patronal se acogió a este hecho para en 2009 no aplicar la subida pactada.

En el año 2009 la previsión del gobierno fue del 2% (recordemos que por convenio se establece el cálculo de la subida en base al IPC previsto, no al real que en este año acabó siendo del 0,8%), con lo cual si le sumamos el incremento de mejora del 0,5%, el trabajador hubiera debido percibir una subida del 2,5%. Subida que hasta día de hoy, ASCER no aceptó, ya que quería acogerse al siguiente cálculo:

IPC real 2009 (0,8%) + Incremento de mejora (0,5%) – la diferencia del 2008 (1,1%)= 0,2 % total de incremento.

No obstante, para que el proceso de demanda no paralizase la concreción de la subida del IPC para el año 2010, ambas partes se comprometieron a alcanzar un acuerdo hasta que el Tribunal Supremo de Justicia estableciera finalmente las subidas.

En este punto es donde nos encontramos actualmente. Como la sentencia favorable dictamina una subida del 2,5% para el 2009, y según lo anteriormente explicado solo se incrementó un 0,2%, el resultado final establece que se le adeuda al trabajador un 2,3% (resultado de la diferencia de los dos porcentajes). Además para el año 2010 habría que actualizar las tablas dado que las bases de donde se calcularon eran provisionales. Así pues también sufrirán también un incremento.

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