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Gobernación tramita 450 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat durante el primer semestre de 2010

  • Un total de 125 establecimientos fueron sancionados por no contar con la correspondiente licencia o autorización

  • Vega destaca que la prioridad del Consell es velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y equilibrar el derecho al ocio y el descanso

La conselleria de Gobernación ha abierto 450 expedientes sancionadores a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana, entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2010, tal y como ha afirmado la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega.

Vega ha especificado que, en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos, de la Generalitat, del total de sanciones registradas en lo que va de año, 31 son muy graves y 419 han sido catalogadas como graves.

La directora general ha destacado que para la Generalitat “es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta ley lo que se persigue es que todos los establecimientos cumplan con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso”.

Las sanciones más abundantes están tipificadas como graves, en concreto, la infracción más numerosa ha sido la de celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin la correspondiente licencia o autorización, con 125 sanciones; 93 por carecer de seguro; seguida por la de incumplir el horario de apertura y cierre, un caso que se repite en 92 ocasiones; asimismo, 44 establecimientos públicos han sido sancionados durante los seis primeros meses de este año por el incumplimiento de las condiciones de seguridad y sanidad que determina la ley

La utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización ha sido la causa de la sanción en 25 ocasiones y un total de 10 locales han sido sancionados por la admisión o participación de menores en establecimientos donde tengan prohibida su entrada, mientras que en 9 ocasiones se ha expedido sanciones por el exceso de aforo permitido, cuando no suponga un grave riesgo para la seguridad de las personas y bienes.

Además, 4 locales han cometido infracciones por dedicar su establecimiento a otras actividades distintas para las que estuviesen autorizados, ha apuntado la directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega.

Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, Vega ha concretado que en su mayoría “se deben al incumplimiento de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas, reapertura de establecimientos afectados por clausura o suspensión mientras perdure la vigencia de las medidas pertinentes u otro tipo de circunstancia que entrañe riesgo grave para las personas”.

Sanciones por provincias
Por provincias, en la de Valencia se han cometido hasta 204 infracciones durante los seis primeros meses de este año. En este caso, 20 fueron muy graves y 184 graves. Entre las graves, un total de 57 se originaron por carecer de la licencia correspondiente, 50 por no contar con el seguro exigido por la ley, 26 por el incumplimiento de por ceñirse al horario de apertura y cierre y 22 por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad.

En el caso de la provincia de Alicante corresponden 142 sanciones, de las que 137 son graves y 5 muy graves. En esta provincia, el incumplimiento del horario de apertura y cierre, con 47 infracciones, así como el carecer de la licencia correspondiente con 28 casos, carecer de seguro -18 locales sancionados por este motivo- e incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -15 sanciones-, son las causas más tramitadas

En cuanto a la provincia de Castellón, la dirección general de Seguridad y Protección Ciudadana ha sancionado en 104 ocasiones; 6 muy graves y 98 tipificadas como graves. En el caso de los establecimientos públicos de la provincia castellonense, la infracción más repetida es la de la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas, sin la correspondiente licencia o autorización -40 establecimientos-, seguida por carecer de seguros exigidos por la ley -25-, por incumplimiento del horario de apertura y cierre -19- y por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -7 sanciones-.

Cuantía de las sanciones
La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.

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