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En el mes de marzo 576 personas se dieron de alta como cuidadores de personas en situación de dependencia

  • A través del convenio especial para la inclusión en la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales

La consellera de Bienestar Social, Angélica Such, ha anunciado que en el mes de marzo, “576 personas se dieron de alta en el sistema de la Seguridad Social como cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, lo que significa que la Comunitat Valenciana con un total de 8.660 cuidadores, continúa como la cuarta autonomía con mayor número de altas en el convenio especial regulado para estos casos”.

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia contempla entre sus prestaciones, aquellas que van a destinadas a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, a través de un cuidador no profesional.

Angélica Such ha explicado que este tipo de prestación es de carácter nominativo “y su finalidad es contribuir a los gastos que la familia destina a la atención específica que requiere la persona dependiente” y ha señalado que de este modo “se consigue su permanencia en el núcleo familiar”.

La prestación económica la recibe la persona en situación de dependencia, y la cuantía puede oscilar entre 330’90 y 520’69 euros, dependiendo del grado y nivel de dependencia reconocido. En estos momentos, y según los datos publicados por el Ministerio de Sanidad y Política Social, 13.827 personas reconocidas como dependientes con grado y nivel en vigor, están recibiendo este tipo de prestación en la Comunitat Valenciana.

Requisitos necesarios para ser cuidador
El cuidador no profesional que atienda a la persona dependiente deberá cumplir las condiciones de afiliación, alta y cotización a la Seguridad Social. El Gobierno central estableció para estos casos un convenio especial para la inclusión en la Seguridad Social de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia.

Según la normativa en vigor, el cuidador no profesional deberá ser cónyuge o pariente por consaguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado de la persona dependiente que atiende. Excepcionalmente, se puede autorizar como cuidador a una persona aunque no haya parentesco, por circunstancias especiales del entorno de residencia de la persona en situación de dependencia.

La ley establece que solo será compatible ser cuidador con trabajar un máximo cuatro horas diarias o encontrarse en situación de desempleo percibiendo subsidio familiar, aunque no es compatible con aquellas personas que perciban prestación por desempleo. Asimismo, podrán ser cuidadores las personas pensionistas por incapacidad permanente, y pensionistas por jubilación o viudedad.

Perfil de los cuidadores no profesionales
Según se desprende de un estudio elaborado por la Conselleria de Bienestar Social para conocer el perfil de los cuidadores no profesionales de personas dependientes que reciben este tipo de prestación, el 87% de estos cuidadores son mujeres, y en el 24% de los casos los cuidadores son personas mayores de 65 años.

Asimismo, el estudio realizado por la conselleria indica que en el 55% de los casos, los cuidadores de estas personas tiene entre 45 y 65 años de edad, seguidos de los que tienen más de 65 años y, por último, en el 21% de los casos los cuidadores son menores de 45 años.

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