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Blasco: “Zapatero debe resolver la financiación local antes de aprobar la Ley para los ayuntamientos”

  • El conseller reclama 3.000 millones de euros del Fondo Estatal de Inversión Local para la financiación

  • La Generalitat impulsa una Ley Valenciana ante el bloqueo del Gobierno de una nueva normativa desde 2006

  • El conseller apela al consenso de la FVMP para debatir y aprobar la Ley Valenciana

El conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, ha instado hoy al Gobierno de España a que muestre la misma diligencia que la Generalitat a la hora de impulsar una nueva Ley de Régimen Local y le ha exigido, además, que el Ejecutivo de Zapatero destine este año a la financiación local, al menos, 3.000 millones de euros, de los 5.000 millones previstos en el nuevo Fondo Estatal de Inversión local para este año.

En próximas fechas, las Cortes Valencianas tramitarán la aprobación de la nueva Ley Valenciana de Régimen Local, que cuenta con el visto de los grupos políticos que forman parte de la junta directiva de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias. Esta Ley supone un paso adelante en la Comunitat para lograr una mayor transparencia en la gestión de los municipios. Así, contempla la publicación de la declaración de los bienes de alcaldes y concejales.

Mientras la Generalitat cumple con la obligación estatutaria de dictar una Ley de Régimen Local, según el Estatuto de Autonomía, el conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, ha pedido al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, que haga efectiva su promesa de impulsar una nueva Ley Básica de Régimen Local que “hoy por hoy está paralizada porque es incapaz de resolver la financiación de los ayuntamientos. Durante la anterior legislatura se elaboró el correspondiente Libro Blanco que dio lugar a un anteproyecto de la Ley Básica del Gobierno y la Administración Local que desde el año 2006 está paralizado por ser incapaz de resolver la financiación de los ayuntamientos”.

Las peticiones del Consell al Gobierno para los ayuntamientos
Además de garantizar los 3.000 millones de los 5.000 millones de euros del nuevo Fondo Estatal de Inversión Local para la financiación local y distribuir el resto del Fondo entre los municipios por medio de criterios objetivos, el Consell también exige incorporar a las Diputaciones en dicho Fondo como operadores directos.

La Generalitat también reclama que se devuelvan los 1.100 millones de euros de IVA que ingresó el Estado por las inversiones contempladas en el Fondo del pasado año para destinarlo a gasto corriente de los ayuntamientos, así como medidas compensatorias a los municipios por el coste de los beneficios fiscales obligatorios en los tributos locales.

Novedades de la Ley Valenciana
El texto impulsado desde el Consell introduce novedades en cuanto a la organización de los ayuntamientos, mayores obligaciones en la transparencia de sus cuentas públicas e impulso de la participación ciudadana. Contempla la publicación de la declaración de los bienes de los miembros de las corporaciones municipales y obliga a los ayuntamientos presentar sus cuentas ante la Sindicatura de Cuentas como condición para obtener alguna subvención de la Generalitat. Asimismo el texto regula todos los supuestos del concejal no adscrito –incluyendo, a diferencia de la normativa estatal el de la expulsión del Grupo Municipal-.

Declaración de actividades y bienes: La declaración anual de bienes y actividades serán publicadas. La declaración sobre bienes y derechos patrimoniales se inscribirá en el Registro de bienes patrimoniales de cada entidad local y tendrá carácter público, al igual que la declaración sobre causas de posible incompatibilidad y actividades que proporcionen o puedan proporcionar ingresos económicos. El Boletín Oficial de la Provincia publicará la declaración de bienes y derechos patrimoniales omitiéndose su localización para salvaguardar privacidad de sus titulares.

Limitar los derechos de los concejales no adscritos: Serán los que no han constituido Grupo Municipal, no se hayan integrado en el Grupo Municipal constituido por la formación política que presentó la candidatura, abandonen o hayan sido expulsados del Grupo o del partido político. Los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia.

Defensor del Vecino: Los municipios podrán crear la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones o bien la figura del Defensor del Vecino que será designado por el pleno municipal entre vecinos de reconocido prestigio. Dará cuenta de su actividad al pleno, con especificación de las sugerencias o recomendaciones no admitidas por la administración, así como el grado de colaboración de los departamentos municipales.

Fomento participación ciudadana: Los ciudadanos podrán conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados y obtener copias de documentos contenidos en ellos. Se contempla la iniciativa popular

Gestión compartida: Los municipios con menos de 500 habitantes, o los que tengan entre 500 y 1.000 habitantes con tendencia demográfica descendente, podrán agruparse para el sostenimiento de personal común o para la prestación de determinados servicios básicos no obligatorios en forma mancomunada o bajo cualquier otra fórmula asociativa.

Mancomunidades de interés preferente: El objetivo prioritario es la reactivación económica y demográfica de los municipios que la integren.

Deber de asistencia a los plenos: Si los miembros de las corporaciones locales, sin justificación alguna, se ausenta de dos plenos o comisiones, o de tres alternativas en un año, podrán ser sancionados con la pérdida del derecho a recibir retribución. Lo mismo si se observa un incumplimiento reiterado de los deberes de su cargo.

 

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