elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Consell regula el plan de modernización de las concesiones de transporte público regular de viajeros por carretera

  • El concesionario deberá disponer de una flota cuya dimensión sea un 20% superior a la mínima requerida para la prestación del servicio

  • En tres años, la empresa deberá tener adaptada para personas con movilidad reducida al menos el 40% de la flota

El Consell ha aprobado el decreto relativo al plan de modernización de las concesiones de transporte público regular permanente de viajeros por Carretera.

El decreto desarrolla la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en lo relativo a la posibilidad de presentación por las empresas concesionarias este plan para la adaptación de sus servicios a los actuales requerimientos técnicos, sociales y medioambientales.

Mediante el decreto se regula reglamentariamente los requisitos y obligaciones de servicio público de los planes de modernización de las concesiones de transporte público regular permanente de viajeros por carretera en la Comunidad Valenciana, de titularidad de la Generalitat, así como el procedimiento para su presentación y aprobación.

A fin de mejorar estos servicios, los actuales concesionarios podrán presentar una instancia junto con un plan de modernización de su concesión donde se recojan las mejoras que se comprometen a introducir en la prestación del servicio y una memoria económico-financiera.

En concreto, el Plan contempla que se deberá disponer, en todo momento, de una flota cuya dimensión sea un 20% superior a la mínima requerida para la prestación del servicio.

Asimismo, los primeros tres años desde la aprobación del Plan, al menos el 40% deberá quedar adaptado a personas de movilidad reducida, debiendo el primer año estarlo al menos el 20% y, en todo caso, un vehículo. En cualquier caso, con anterioridad al 31 de diciembre de 2018 la totalidad de la concesión deberá estar completamente adaptada.

A partir del 31 de diciembre de 2011, la edad media de la flota no podrá sobrepasar los diez años, no pudiendo tener ningún vehículo una antigüedad superior a 16 años.

En todo momento, el concesionario deberá disponer suficiente personal contratado para la cobertura de los servicios de la concesión, con un mínimo de un conductor o conductora por vehículo de que sea necesario disponer.

Descuento mínimo del 30%

Igualmente, se aplicará un descuento tarifario de al menos un 30% respecto de la tarifa base de la concesión a los pensionistas cuyo nivel de renta sea inferior al salario mínimo interprofesional, así como a los mayores de 65 años que tengan su residencia habitual en la Comunitat Valenciana y vayan provistos de la acreditación correspondiente.

Los vehículos deberán estar identificados con la imagen que al efecto establezca la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

En un plazo de tres años la flota de las concesiones deberá estar dotada de sistemas de validación y expedición de billetes para el uso de la tarjeta Móbilis sin contacto de la Comunitat Valenciana, que permitan el envío automatizado de los datos requeridos por la Conselleria.

Además, las empresas concesionarias deberán implantar, en un plazo de cuatro años, una estructura tarifaria zonal que contemple, además del billete individual, abonos multiviaje y títulos de vigencia temporal con carácter ilimitado y personal.

Estos títulos se ofrecerán con los estándares que al respecto disponga la Conselleria y deberán permitir la coordinación con títulos de otros operadores, en el caso de que vayan a ser utilizados en ámbitos con sistemas de integración y coordinación tarifaria.

Las empresas cuya concesión represente un volumen anual de vehículos-kilómetro superior a 200.000, habrán de aportar anualmente a la Dirección General de Transportes, antes del 30 de septiembre de cada año, una auditoría externa contable y un informe de gestión referidos exclusivamente a la explotación de la concesión de que se trate durante el anterior ejercicio económico, tanto si el titular de la concesión es persona física como jurídica.

En el caso de concesiones con más de 30 vehículos adscritos, en el plazo máximo de tres años la flota deberá estar dotada de un sistema de ayudas a la explotación, propio o compartido con otros operadores. Asimismo, las empresas concesionarias cuyo volumen anual de kilómetros supere los 500.000 vehículos-kilómetro deberán estar acreditadas en el cumplimiento de las normas UNE 9000, UNE 14000 y UNE 13816.

Por otra parte, deberán comprometerse a incluir en sus líneas los municipios de su área de influencia que no cuenten con alternativa de transporte público regular de viajeros de uso general, así como a mantener las mejores propuestas durante la vigencia de la concesión.

Subir