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El Consell aprueba el proyecto de ley de Régimen Local

El Consell aprueba el proyecto de ley de Régimen Local
  • Cuenta con el apoyo de todos lo grupos políticos representados en la FVMP

El Consell ha aprobado, a instancias de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, el proyecto de ley de Régimen Local, para su posterior remisión a Les Corts y tramitación parlamentaria con lo que, de esta manera, se cumple con la obligación estatutaria de dictar una ley de estas características. De esta manera, el Consell se adelanta al Gobierno de España el cual de momento no ha aprobado una nueva Ley Básica de Régimen Local

El proyecto de ley, que cuenta con el apoyo de todos los grupos políticos representados en la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, responde a la realidad municipal valenciana donde existen 542 municipios, de los cuales 234 tienen menos de 1.000 habitantes; 161 entre 1.000 y 5.000, y sólo ocho superan los 75.000 habitantes. Este proyecto de ley tiende a racionalizar el mapa municipal valenciano dotando, en especial, a los de menor tamaño, de los instrumentos jurídicos y organizativos necesarios para que, como administración más próxima al ciudadano, pueda prestar en todo momento los mejores servicios.

El texto introduce novedades en cuanto a la organización de los ayuntamientos, mayores obligaciones en la transparencia de sus cuentas públicas e impulso de la participación ciudadana. Contempla la publicación de la declaración de los bienes de los miembros de las corporaciones municipales y obliga a los ayuntamientos presentar sus cuentas ante la Sindicatura de Cuentas como condición para obtener alguna subvención de la Generalitat.

Asimismo el texto regula todos los supuestos del concejal no adscrito –incluyendo, a diferencia de la normativa estatal el de la expulsión del Grupo Municipal-. Los derechos económicos y políticos de los miembros no adscritos no podrán ser superiores a los que les hubiesen correspondido de permanecer en el grupo de procedencia y se ejercerán en la forma que determine el Reglamento Orgánico de cada corporación.-

Una importante novedad es la creación del régimen de gestión compartida destinado a pequeños municipios para lograr una mayor eficacia de sus recursos, que consiste en un régimen simplificado de organización y funcionamiento, así como la dispensa de prestar determinados servicios municipales mínimos obligatorios. Es un nuevo régimen que busca facilitar a los pequeños municipios la prestación de servicios que les resulten de difícil prestación mediante convenios y acuerdos con otras administraciones.

También contempla el régimen de las Entidades Locales Menores y de las Mancomunidades de Municipios, con la previsión de crear Mancomunidades de Interés Preferente destinadas a la reactivación económica y demográfica de los municipios que así lo precisen.

En otro orden de cosas, el proyecto de ley articula las distintas formas de participación e información ciudadana. En concreto, se crean instituciones como el Defensor del Vecino, el Consejo Social o el Consejo Territorial de Participación.

Descentralización administrativa

Un aspecto muy importante del proyecto es la introducción de fórmulas de descentralización administrativa en beneficio de las Entidades Locales de acuerdo con el principio de subsidiariedad, en cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía.

Para ello, se establecen las materias que pueden ser objeto de descentralización, los mecanismos legales para la transferencia de competencias de la Generalitat a los entes locales, los decretos de traspasos, la delegación de competencias y la encomienda de gestión.

También dedica la Ley uno de sus títulos a la regulación del personal al servicio de las entidades locales con una especial atención al régimen de habilitados de carácter estatal, cuyas competencias ha asumido recientemente la Generalitat por aplicación del Estatuto Básico del Empleado Público.

Agrupaciones de municipios

En materia de personal merece además especial atención la figura de las agrupaciones de municipios para el sostenimiento en común del personal a su cargo, que permite que varios ayuntamientos se unan, optimizando los recursos, para retribuir entre todos determinados puestos de trabajo que por si solos no pueden sostener, como por ejemplo puestos de carácter técnico, arquitectos, aparejadores o que requieran unos conocimientos especiales, como trabajador social.

Finalmente, la Ley regula el régimen de las Haciendas Locales, asumiendo la Generalitat la competencia sobre la tutela financiera de las Entidades Locales, y creando el Fondo de Cooperación Municipal, cuya dotación se establecerá en las Leyes de Presupuestos de la Generalitat y a través del mismo se financiarán servicios, infraestructuras y equipamientos básicos de los municipios. El objetivo de este Fondo es hacer efectivo el principio de subsidiariedad y lograr el equilibrio financiero de las haciendas locales valencianas que tendrá por beneficiarios a todos los municipios de la Comunitat.

Por último, se institucionaliza la Cumbre de Cohesión Territorial de la Comunitat Valenciana, que integrada por el Presidente de la Generalitat y los Presidentes de las tres Diputaciones Provinciales, se reunirán con una periodicidad anual.

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