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El Consell aprueba el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas cooperantes valencianas

El Consell aprueba el Anteproyecto de  Ley del Estatuto de las personas cooperantes valencianas
  • Es la primera normativa autonómica en esta materia

  • Los cooperantes valencianos tendrán incentivos y garantías e indemnización en caso de secuestro

  • Se incluye a los misioneros y cooperantes ligados a confesiones religiosas

El Pleno del Consell ha aprobado, a instancias de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las personas cooperantes valencianas que recoge, a diferencia de la normativa estatal, nuevos derechos y garantías para los cooperantes valencianos como, por ejemplo, el derecho a recibir una indemnización, por los daños físicos o psíquicos en caso de ser víctimas de secuestro u otros actos violentos.

También, la ley valenciana contempla entre las principales novedades, la inclusión de los misioneros y cooperantes valencianos, vinculados a cualquier entidad o confesión religiosa así como, la ayuda económica para el cooperante, cónyuge o hijos en los casos en que no esté contemplada por la normativa estatal como: la pérdida de la vida y la invalidez permanente, la atención médica, la atención psicológica o psiquiátrica si fuera el caso; revisión médico-sanitaria específica a su regreso a la Comunitat Valenciana; y la repatriación en caso de accidente grave, enfermedad grave, fallecimiento, catástrofe o conflicto bélico en el país de destino o territorio de destino.

En esta línea, el cónyuge de la persona cooperantes y los hijos recibirán una aportación económica para los gastos en su primer viaje, además de asistencia social y ayuda económica para los gastos de escolarización en el país de destino. Estas ayudas se llevarán a cabo siempre que el contrato de cooperación tenga una duración mínima de un año.

Por lo tanto, se trata de la primera iniciativa legislativa autonómica de España que amplía la normativa estatal sobre personas cooperantes. Por tanto, la Comunidad Valenciana se convierte en la primera región que aprueba una legislación propia destinada a la promoción de las actividades de cooperación y al reconocimiento de derechos, garantías y prestaciones especiales para las personas cooperantes valencianas, entre las que se incluyen las personas misioneras de la Iglesia católica o vinculados a otras confesiones o comunidades religiosas que realizan tareas de cooperación.

El Anteproyecto de Ley del Estatuto del cooperante valenciano persigue un triple objetivo. En primer lugar, la concreción e implementación de los incentivos y garantías para las actividades de cooperación internacional al desarrollo, de manera que el carácter solidario de la sociedad valenciana se traduzca en una mayor promoción, reconocimiento y fomento de las personas cooperantes en la región.

En segundo lugar, la puesta en marcha de nuevas garantías e incentivos, de ámbito autonómico, en lo personal, familiar, profesional y formativo, para evitar en lo posible que la cooperación internacional al desarrollo suponga una carga excesivamente onerosa a quienes tienen pareja e hijos a su cargo.

Y en tercer lugar, reconocer la meritoria tarea de cooperación que realizan las personas misioneras y el resto de valencianos o valencianas vinculados o vinculadas a otras confesiones o comunidades religiosas, en diversos países, de manera especial por su carácter profundamente altruista y solidario.

Esta iniciativa responde, por un lado, a las demandas recibidas en estos últimos tiempos desde todos los sectores involucrados en la cooperación internacional y, por otro, al interés del Consell por otorgar a la figura de la persona cooperante valenciana la relevancia y el reconocimiento que merece por la trascendental tarea que realiza. Las estimaciones más recientes señalan que en España hay unas 1.400 personas cooperantes, de las cuales 300 son valencianas (200 cooperantes y 100 misioneros).

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