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Bienestar Social ha autorizado en 2009 la apertura de 55 centros de servicios sociales para mayores

  • Se trata de centros residenciales, de día, centros sociales y hogares de jubilados

  • La Comunitat Valenciana cuenta actualmente con 32.320 plazas de atención residencial y diurna para personas mayores

En el año 2009 la Conselleria de Bienestar Social, resolvió 55 expedientes de autorización de funcionamiento de centros de servicios sociales, según refleja el balance sobre el servicio de autorización de centros.

La consellera de Bienestar Social, Angélica Such, ha explicado que la obtención de la autorización administrativa de funcionamiento expedida por la Conselleria es imprescindible, “ya que sin ella ningún centro para personas mayores puede entrar en funcionamiento y, por tanto, no puede proceder al ingreso de residentes”.

Concretamente, de los 55 expedientes resueltos, 9 corresponden a residencias de tercera edad, 6 a centros de día, 26 a centros sociales, 12 hogares de jubilados, 1 albergue y 1 comedor social. La totalidad de las plazas autorizadas ha sido de 619 residenciales, 294 de día, 36 del albergue y 30 plazas corresponden al comedor social.

Con todos estos nuevos centros que la conselleria de Bienestar Social ha autorizado durante este año, la Comunitat Valenciana cuenta ya con 32.320 plazas de atención residencial y diurna para personas mayores.

Such ha afirmado que el único objetivo de la Generalitat es “mejorar la asistencia social de los valencianos, incrementando plazas y configurando una red asistencial de calidad, que en un porcentaje superior al 80% está preparada para atender a personas dependientes, una cifra muy por encima de la media nacional. Además, de nuestras más de 30.000 plazas, el 66% están financiadas con recursos públicos, cuando la media en España es del 50%”.

Autorización administrativa
Para obtener dicha autorización, una residencia o centro de día para personas mayores deberá cumplir la legislación general vigente en materia urbanística, de actividades, seguridad, sanidad, edificación y salubridad. Además, deberá reunir una serie de requisitos materiales para satisfacer adecuadamente las necesidades de las personas mayores que van a residir en ella.

Por lo tanto, el espacio donde habiten debe favorecer el desarrollo de las actividades de la vida diaria de los residentes, el fomento de su autonomía e independencia, y la posibilidad de que se puedan desarrollar otro tipo de actividades.

La consellera de Bienestar Social ha indicado que el objetivo es que “el entorno, los espacios, el mobiliario, etc., hagan la vida de las personas mayores más fácil y agradable, eliminando obstáculos y barreras arquitectónicas, favoreciendo así su integración y comunicación. Se pretende que la calidad de vida de las personas mayores se mantenga y mejore y que en el diseño del centro se respeten al máximo los derechos de la persona”.

Una vez que se comprueba que la documentación presentada por el titular del centro es completa y correcta, y si el informe de la Oficina Técnica de Proyectos y Obras de la conselleria de Bienestar Social es favorable, se procede a la autorización administrativa de funcionamiento del centro, con la comprobación previa de que el centro cumple las condiciones funcionales y/o estructurales.

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