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El Gobierno aprueba el contrato-tipo de compraventa de cítricos que regulará las operaciones entre productores y comercializadores

El Gobierno aprueba el contrato-tipo de compraventa de cítricos que regulará las operaciones entre productores y comercializadores

    El Gobierno de España ha aprobado el contrato-tipo de compraventa de cítricos que regulará las relaciones comerciales entre productores y distribuidores durante la próxima campaña 2017/18. Así lo recoge hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), tras la validación de la ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

    Con dicho acuerdo, el Ejecutivo central da un paso más en su apoyo al sector primario, ya que el vigente documento da amparo legal a los productores de cítricos, de manera que su formalización recoge las condiciones en las que se van a comercializar los frutos. Se trata de un instrumento al servicio de los agricultores, de manera que las operaciones se estipulen por escrito, erradicando los acuerdos verbales y, en consecuencia, prácticas como la venta a resultas de la cosecha.

    Concretamente, la orden APM/727/2017, de 20 de julio, homologa el contrato-tipo de compraventa de cosecha de naranjas y grupo de mandarinas, a peso, para su comercialización en fresco, durante la campaña 2017/18. La resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria del MAPAMA se adopta en vista de la petición elevada por parte de la Interprofesional Citrícola Española – Intercitrus, acogiéndose a los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios. De este modo, a partir de mañana, "los solicitantes pueden disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio".

    En el contrato se recoge información como la identidad de las dos partes implicadas en la operación, la tipología de la cosecha, la ubicación de las parcelas, los kilos a recolectar y el precio al que se venden los frutos. También contempla la posibilidad de fijar la entrega de cantidades de dinero a cuenta y la modalidad de pago por parte del comprador. Por último, la formalización del contrato implica que el control, seguimiento y vigilancia del cumplimiento del contrato se realizará por la Comisión de Seguimiento, a la que se podrá dirigir cualquiera de las dos partes para solucionar los posibles conflictos.

    Desde el Ministerio de Agricultura se anima a los productores de cítricos a utilizar el contrato de compraventa en sus operaciones, y se recuerda que es de obligado cumplimiento para todas aquellas partes que estén representadas en la Interprofesional Citrícola Española – Intercitrus.

    El contrato de compraventa beneficia especialmente al sector productor de la Comunitat Valenciana, una de las regiones con mayor producción y con calidad más reconocida del conjunto de España.

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