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Bienestar Social destina 83,4 millones de euros para el concierto de plazas en centros residenciales de menores

  • El DOCV publica hoy la Orden que regula las bases generales que rigen los conciertos durante el periodo 2009-2013

  • El acogimiento residencial de menores comprende servicios de alojamiento, manutención, apoyo educativo y atención integral

  • Mediante el régimen de conciertos se garantizan las plazas de acogimiento residencial suficientes para atender a los menores cuya guarda o tutela detenta la Generalitat

La Conselleria de Bienestar Social destinará un total de 83.426.344,80 euros para el concierto de plazas residenciales de protección de menores de titularidad privada para el periodo 2009-2013, según se desprende de la orden publicada hoy en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) por la que se regulan las bases generales para las convocatorias públicas de conciertos para plazas asistenciales en centros residenciales de protección de menores.

Dichas bases se aplican para los conciertos de plazas que se celebren entre la administración de la Generalitat y las entidades privadas titulares de centros de atención residencial de menores, debidamente autorizados.

El objeto de estos conciertos es la puesta a disposición de la Conselleria de Bienestar Social, de las plazas residenciales suficientes, a fin de garantizar la atención integral y educativa de menores, cuya guarda y tutela esté asumida por la Generalitat, y el cumplimiento del programa de intervención definido para el menor. Además con esta medida se pretende que el menor sea acogido en el centro más adecuado y próximo a su entorno, que puede ser un centro de acogida, hogar funcional o centro de emancipación.

En este sentido, cabe destacar que el acogimiento residencial es una medida jurídica de protección de menores cuya tutela o guarda asume la Generalitat, que consiste en la prestación de servicios de alojamiento, manutención, apoyo educativo y atención integral del menor en centros de carácter residencial.

Por otra parte, el régimen de conciertos, además de garantizar las plazas suficientes para acoger a los menores del sistema de protección, dota de estabilidad financiera y laboral a las entidades y les asegura un sistema de financiación estable.

En cuanto a la duración de los conciertos con las entidades privadas, son de carácter plurianual, y la duración de éstos se determinará mediante convocatoria pública, no pudiendo exceder de cuatro años, sin perjuicio de su posible renovación.

Asimismo, la orden establece que con carácter excepcional podrán acceder al régimen de concierto que se establece en las bases, las entidades privadas titulares de centros de menores ubicados fuera de la Comunitat Valenciana, siempre que cumplan la normativa aplicable en la Comunitat y el resto de requisitos establecidos en la orden.

Por otro lado, las bases generales establecen las ratios de personal que se financian, el importe total de esa financiación y el importe de gastos generales de funcionamiento del centro y atención la menor según tipología de centro y número de grupos educativos.

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