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El Consell regula el funcionamiento de las Mesas Generales de Negociación del personal empleado público de la Generalitat

    El Consell ha aprobado el decreto por el que se regula la estructura, composición y normas de funcionamiento de las Mesas Generales de Negociación de la Generalitat.

    El decreto supone la primera regulación del funcionamiento de las mesas de negociación para la determinación de las condiciones de trabajo del personal empleado público en el ámbito de la Generalitat Valenciana.

    Su elaboración responde tanto a las demandas manifestadas por las organizaciones sindicales, como a la necesidad de desarrollo reglamentario de las disposiciones legales vigentes.

    Hay que recordar que las organizaciones sindicales presentes en las mesas de negociación han venido pidiendo en numerosas ocasiones una reglamentación que regulase las actividades de las mismas y, hasta la fecha, no se había conseguido alcanzar ningún acuerdo al respecto.

    Por otro lado, en el artículo 153.3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, se dispone que reglamentariamente se establecerá la composición numérica de las correspondientes mesas de negociación, así como su estructura, composición y reglas de funcionamiento, mandato que hasta la fecha no había sido desarrollado.

    Con este decreto, que ha contado con el apoyo unánime de las organizaciones sindicales con representación en las Mesas Generales de Negociación, la administración autonómica pretende, además de cumplir con lo previsto en la citada norma, reglamentar el funcionamiento de las mesas generales de negociación para poder realizar una labor de negociación pautada y, al mismo tiempo ágil, que dé respuesta a los intereses del personal empleado público.

    Contenido y novedades que incorpora

    El decreto regula el objeto, el ámbito de aplicación y la sede de las Mesas Generales, su composición y organización, así como el régimen de convocatorias y funcionamiento de las sesiones. Finalmente, se toman en consideración, asimismo, las Mesas Sectoriales y las Mesas Técnicas y Comisiones de Seguimiento.

    En el mismo, se ha venido a plasmar, en líneas generales, la composición y organización existente en estos momentos; no obstante, se han concretado algunos aspectos necesarios para un mejor funcionamiento de las mesas, el orden de los turnos de intervención en las reuniones, el establecimiento de las mayorías necesarias para la toma de acuerdos o la forma de renovación de la composición de las mesas tras los procesos de elecciones sindicales o por reorganización del Consell.

    Por otro lado, se han introducido algunas novedades, como, por ejemplo, la obligatoriedad de reunirse dos veces al año de la Mesa General de Negociación I o la publicidad de las actas a través de la Intranet de la Generalitat.

    El reglamento pone de manifiesto el compromiso de consenso que se desprende de la legislación vigente sobre el diálogo social. Es una apuesta de las partes que conforman las Mesas Generales para logar entendimiento en la negociación colectiva y, en definitiva, conseguir que la defensa de los empleados públicos vaya siempre en el mismo sentido que la defensa y mejora de los servicios públicos.

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