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El Pleno del Consell aprueba un decreto que regula las indemnizaciones por el ejercicio de la función arbitral en órganos arbitrales de consumo

    El Pleno del Consell ha aprobado un decreto por el que se regulan las indemnizaciones por el ejercicio de la Función Arbitral en órganos arbitrales de consumo, colegiados o unipersonales, de las Juntas Arbitrales de Consumo constituidas en la Comunitat Valenciana.

    Estas indemnizaciones van destinadas a las personas miembros de estos órganos arbitrales, unipersonales o colegiados que sean ajenas a la Administración de la Generalitat, como contraprestación por el servicio público prestado, ya que el procedimiento arbitral es gratuito para las personas reclamantes.

    El decreto prevé la cuantía de estas indemnizaciones, de manera que se fija en 25 euros el pago en los procedimientos en los que se actúe de acuerdo a equidad y 40 euros en los casos en los que se actúe de acuerdo a derecho.

    El Sistema Arbitral del Consumo es el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre las personas consumidoras y usuarias y las empresas, a través del que, con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, se resuelven las reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias.

    El procedimiento arbitral de consumo se ajusta a los principios de audiencia, contradicción, igualdad entre las partes y gratuidad, de manera que por el ejercicio de la función arbitral no se perciben emolumentos de los reclamantes, ni se incluyen en el laudo arbitral los honorarios y gastos de las personas miembros del órgano arbitral.

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