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LA UNIÓ gana recursos para evitar que las explotaciones ganaderas paguen el canon de saneamiento por consumo de agua

    LA UNIÓ de Llauradors i Ramaders continúa ganando recursos de ganaderos a los que se les pretende cobrar indebidamente el canon de saneamiento de aguas residuales por parte de la Entidad de Saneamiento de Aguas (EPSAR).

    Es el caso reciente por ejemplo de una explotación ganadera de Salzadella (Maestrat), cuyo recurso de reposición presentado por parte de LA UNIÓ ha sido aceptado e incluso ingresado ya las cantidades reclamadas (más de 16.000 euros) al interesado que se componen de un importe indebidamente cobrado más los correspondientes intereses de d

    La resolución de la Epsar es clara al respecto de este caso de Salzadella: “Queda acreditado que se trata de consumos destinados a la actividad agraria y por tanto cabe proceder a la devolución de las cantidades indebidamente satisfechas”.

    LA UNIÓ recuerda que desde el año 2013 la Generalitat, tras atender las peticiones de esta organización agraria, contempla que el consumo de agua realizado por las explotaciones ganaderas está exento del pago del canon de saneamiento. Hasta esa fecha la EPSAR, dependiente en la actualidad de la Conselleria de Agricultura, cobraba un canon injusto a muchos ganaderos -fundamentalmente de porcino- cuando lo que generan según la normativa existente es un subproducto ganadero (abono) y no un residuo. Una explotación media de porcino, con unas 1.200 plazas, estaba pagando por este canon injusto de aguas residuales alrededor de 3.000 euros al año.

    A pesar de estar exento se dan situaciones como las de esta explotación ganadera castellonense y otras más que pudieran estar dándose sin conocimiento de los afectados. LA UNIÓ aconseja a los ganaderos revisar sus recibos para comprobar que no les estén cobrando indebidamente un canon por saneamiento de aguas residuales. Si se lo estuvieran cobrando les anima a que se pongan en contacto con las oficinas de LA UNIÓ para presentar el correspondiente recurso, teniendo en cuenta además que el derecho a la devolución de ingresos indebidos prescribe a los cuatro años desde el día en que se realiza el ingreso.

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