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El número de parejas inscritas en el Registro de Uniones de Hecho de la Generalitat es de 674 en el primer semestre de 2009

  • La cifra es similar al mismo periodo de 2008

  • Sánchez de León recuerda que la inscripción en el registro “reporta una serie de ventajas legales a los convivientes”

  • Por provincias se han inscrito 398 parejas en Valencia, 193 en Alicante y 83 en Castellón

El número de parejas inscritas en el Registro de Uniones de Hecho de la Generalitat durante el primer semestre de 2009 es de 674 parejas, según ha indicado la consellera de Justicia y Administraciones Públicas, Paula Sánchez de León.

La cifra es similar a la del primer semestre de 2008, cuando se contabilizaron 651 uniones, mientras que en el mismo periodo del año anterior fue de 591.

La consellera ha indicado que “desde la puesta en marcha del Registro de Uniones de Hecho en 1995, la progresión ha sido ascendente bien porque cada vez es más conocida la existencia de este registro, bien porque cada vez más parejas deciden acogerse a las ventajas administrativas que supone la inscripción como convivientes en esta entidad dependiente de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas”.

Respecto al desglose por provincias, en el primer semestre del año se inscribieron 398 parejas en Valencia, 193 en Alicante y 83 en Castellón. Los meses en los que se registraron más uniones fue marzo en Valencia y Castellón con 92 y 19 parejas, respectivamente, mientras que en Alicante fue abril con 41 uniones.

Del total de firmantes, 1.035 eran solteros, 296 estaban divorciados y 17 eran viudos. Además, 17 parejas del mismo sexo formalizaron su unión con la inscripción en el Registro, de las que 10 residían en Valencia, 5 en Alicante y 2 en Castellón.

Convivencia de doce meses como mínimo
Sánchez de León ha recordado que las parejas inscritas en el Registro de Uniones de Hecho tienen reconocidos derechos fundamentalmente de carácter jurídico-legal, “como el derecho a la subrogación en el arrendamiento de la vivienda, a solicitar subvenciones de la Generalitat para el alquiler de viviendas, asistencia sanitaria general o auxilio por defunción”. Además a los funcionarios de la Administración Autonómica se les aplica el mismo régimen de permisos que en las relaciones matrimoniales.

Uno de los requisitos que establece la Ley de Parejas de Hecho para la inscripción en el registro es la necesidad de acudir con dos testigos a inscribirse en el registro. Ambos deberán ser mayores de edad y encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.

Asimismo, la pareja que desea inscribirse en el registro debe presentar el DNI de ambos, el certificado de fe de vida y de estado civil y el certificado de empadronamiento en un ayuntamiento de la Comunitat Valenciana.

Además, según la Ley, la pareja tiene que haber convivido de forma libre, pública y vinculada de forma estable al menos durante un período ininterrumpido de doce meses y debe existir una relación de afectividad entre ellos.

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