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CSI·F gana una sentencia que obliga a Sanidad a reconocer el Desarrollo Profesional del personal en ‘mejora de empleo’

    El sindicato CSI·F ha ganado una sentencia que obliga a la Generalitat Valenciana a reconocer al personal estatutario del sector de Sanidad - bien mediante Carrera Profesional (médicos y enfermeros) o bien mediante Desarrollo Profesional (resto de personal)- los años de trabajo que han ejercido fuera de su plaza fija por estar en situación de mejora de empleo, es decir, ocupando una plaza de superior categoría como vía de promoción.

    El decreto 85/2007 del Consell establece el sistema de Desarrollo Profesional del personal fijo, de las categorías no sanitarias y de aquellas sanitarias que no requieren titulación universitaria, a progresar de forma individualizada mediante el reconocimiento de su trayectoria. Por su parte, el decreto 173/2007 establece lo propio mediante el sistema de Carrera Profesional para el personal adscrito a la estructura de Salud Pública.

    Hasta el momento, la Administración negaba sistemáticamente este derecho adquirido por los empleados públicos en el año 2007 y que tiene carácter retroactivo a efectos de mejora salarial. Sanidad lo denegaba amparándose en que mientras este personal estaba en mejora de empleo no estaba ocupando su plaza fija, sino otra. Los tribunales, sin embargo, dan la razón a CSI·F que ha litigado en los últimos años por considerar que sus plazas son en propiedad y aunque no las ocupen siguen prestando servicio público desde la plaza en mejora de empleo, por lo que no se pueden obviar estos años de trabajo.

    La justicia da ahora la razón a CSI·F y reconoce este derecho a una trabajadora administrativa del sector de Sanidad de Castellón que ve reconocido su Desarrollo Profesional por su plaza fija desde el año 1993 hasta la actualidad, sin penalizar el hecho de que haya ocupado una plaza de categoría superior al estar promocionando.

    La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) celebra esta importante sentencia, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón, y contra la que no cabe recurso alguno que especifica el reconocimiento como “situación jurídica individualizada el reconocimiento y abono de la inclusión del grado 3 de desarrollo profesional en la plaza de administrativa durante todo el tiempo de prestación de servicios” con los inherentes efectos económicos e intereses.

    Sanidad ha de acatar la sentencia y CSI·F le insta a “que la aplique de oficio a todos los posibles afectados”. Plantea además “un recálculo a cada trabajador con servicios prestados en mejora de empleo que lo reclamen a raíz de esta sentencia”.

    Por último, el sindicato ha puesto sus servicios jurídicos a disposición de todos los interesados y subraya que la decisión del tribunal repercute en “todo el personal estatutario que haya estado en mejora de empleo sin que se le haya computado ese tiempo” a efectos de Desarrollo o Carrera Profesional.

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