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Buch: "La nueva normativa de horarios dota al sector comercial de estabilidad y seguridad para seguir la recuperación"

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    El conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, Máximo Buch, ha destacado hoy que la nueva normativa en materia de horarios comerciales de la Comunitat Valenciana "dota al comercio minorista de estabilidad, seguridad jurídica, firmeza y equilibrio, que es la mejor contribución que podemos hacer para que se consolide recuperación del sector y siga avanzando en la cifra de negocio y empleo".

    Buch ha realizado estas declaraciones ante el Pleno de Les Corts, que ha aprobado hoy la convalidación del Decreto Ley 1/2015 de Horarios Comerciales de la Comunitat Valenciana, que fue aprobado por el Consell el pasado mes de febrero.

    El conseller ha resaltado "el peso que el sector del comercio tiene sobre el conjunto de la economía de la Comunitat, que representa un 13,5% sobre el total del VAB uy un 19% sobre el empleo, porcentajes por encima de la media estatal".

    "Además, -ha añadido- estamos viviendo una coyuntura de recuperación más favorable que en el conjunto del Estado, con un diez meses consecutivos de avances tanto en el Índice del Comercio al Por Menor, que creció un 4,7% en enero (medio punto más que la media de España); como en el de Ocupación, que se incrementó un 0,6%".

    Para Buch estos datos justifican "el recurso a esta figura normativa de urgencia, que responde la necesidad de regular con rapidez sobre esta materia, dando respuesta a la diversidad de interpretaciones, especialmente en relación con la figura de las Zonas de Gran Afluencia Turística, ajustando a la realidad de la Comunitat las disposiciones legales, estatales y autonómicas en esta materia".

    "Con ello se ofrece un entorno normativo claro, que otorga seguridad jurídica a los operadores económicos y reduce el margen de discrecionalidad en la toma de decisiones, todo ello en el marco de la colaboración y contando con las aportaciones del propio sector a través del Observatorio del Comercio Valenciano", ha añadido.

    El Decreto Ley convalidado hoy por Les Corts delimita con total claridad los establecimientos a los que se aplicará la libertad horaria y sus condiciones. Asimismo, establece una serie de parámetros objetivos para la declaración de las Zonas de Gran Afluencia Turística, de forma que efectivamente propicie sinergias entre turismo y comercio.

    Entre ellas se encuentra el número de plazas en alojamiento, concentración de segundas residencias, acreditación de visitas, la celebración de acontecimientos deportivos o culturales o la regulación del turismo de compras.

    El Decreto Ley contempla también el régimen de autorización de horarios excepcionales, a petición de los Ayuntamientos, con un máximo de dos anuales que no computarán en el límite de 10 domingos y festivos aperturables.

    Ley de Cámaras de la Comunitat Valenciana

    Por otra parte, el Pleno de Les Corts también ha aprobado hoy la nueva Ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana, que optimiza la estructura y funcionamiento de las cámaras, adaptándolo al contexto económico y jurídico, reforzando su carácter representativo y de defensa del interés general de la actividad económica y empresarial en su conjunto.

    Así, de acuerdo con la Ley estatal, se define a las cámaras como corporaciones de derecho público a las que pertenecen todas las empresas que se encuentran dentro de su demarcación territorial, configurándolas como prestadoras de servicios empresariales fundamentales para mejorar la competitividad, la regeneración del tejido económico y la internacionalización de la economía.

    Asimismo, la Ley mantiene el actual modelo territorial (Alicante, Alcoy, Castellón, Orihuela y Valencia), facilitando la mayor capilaridad cameral en el territorio así como su integración para mejor funcionamiento de sus servicios.

    En cuanto a su organización, se establece un modelo de amplia base democrática y representativa del tejido empresarial de cada demarcación, introduciendo la legitimidad democrática de sus órganos de gobierno mediante la elección directa de los vocales del pleno mediante el sufragio libre, igual, directo y secreto de todas las empresas de cada demarcación al menos en sus dos tercios.

    También facilita la representación directa de las organizaciones empresarial más representativas y de las empresas de mayor aportación voluntaria.

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