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Las Cámaras de la Comunidad Valenciana valoran positivamente la nueva Ley de Cámaras

Las Cámaras de la Comunidad Valenciana valoran positivamente la nueva Ley de Cámaras

    Las Cortes Valencianas han aprobado esta mañana en sesión plenaria la nueva Ley que regulará el funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Valenciana. La aprobación se ha realizado con un amplio consenso de los grupos parlamentarios, 77 votos a favor, lo que asegura una estabilidad que permitirá a las entidades centrarse en su auténtica misión: apoyar mediante servicios de alto valor a las empresas, especialmente a las pymes y micropymes, motores decisivos para la  recuperación de la economía de la Comunidad Valenciana y la creación de empleo.

    Para el presidente del consejo de Cámaras, José Vicente Morata, “el nuevo marco legal, aprobado con el consenso de los grupos parlamentarios, al igual que sucedió hace un año con la Ley nacional, permite que las Cámaras mantengan los servicios que prestan a las empresas y canalicen los esfuerzos  de apoyo a las pymes”. En concreto, la Ley refuerza a las cámaras de la CV como herramienta fundamental para abrir la puerta a las pymes a los mercados internacionales y para impulsar su competitividad.

    Las mejoras que se han ido incorporando al texto normativo durante su tramitación en las Cortes han enriquecido en diferentes aspectos el texto de la Ley hasta conseguir que sea una auténtica regulación autonómica, sin perjuicio del respeto a la legislación básica.

    La norma refuerza además la capilaridad territorial de las Cámaras al mantener un mínimo de Cámara de Comercio por provincia, una propuesta que fue defendida por las Cámaras de la Comunidad Valenciana en la tramitación de la Ley de Cámaras de España.

    Con la aprobación de la nueva Ley se mantiene una estabilidad institucional que permitirá a las Cámaras colaborar con la regeneración del tejido económico, buscando la adaptación de las empresas, sobre todo las más pequeñas, a las necesidades de un mercado global, a través de la innovación, la formación, la exportación, las nuevas tecnologías y el impulso al emprendimiento.

    Aspectos más destacables de la nueva Ley

    1. El texto las define como corporaciones de derecho público a las que pertenecen todas las empresas que se encuentran dentro de su demarcación territorial, configurándolas como prestadoras de servicios empresariales fundamentales para mejorar la competitividad, la regeneración del tejido económico y la internacionalización de la economía. La norma confirma, además, la eliminación definitiva de las aportaciones económicas obligatorias de las empresas.
    2. Se mantiene el actual modelo territorial (Alicante, Alcoy, Castellón, Orihuela y Valencia), facilitando la mayor capilaridad cameral en el territorio así como su integración para mejor funcionamiento de sus servicios.
    3. En cuanto a su organización, el proyecto de Ley establece un modelo de amplia base democrática y representativa del tejido empresarial de cada demarcación. Así, introduce la legitimidad democrática de sus órganos de gobierno mediante la elección directa de los vocales del pleno mediante el sufragio libre, igual, directo y secreto de todas las empresas de cada demarcación al menos en sus dos tercios.
    4. También facilita la representación directa de las organizaciones empresarial más representativas y de las empresas de mayor aportación voluntaria.
    5. El texto regula en este mismo capítulo el régimen de personal, exclusivamente laboral, incorpora la posibilidad de creación de comisiones de trabajo, asesoras o mixtas, para fomentar la participación de las empresas.
    6. Por otra parte, Ley desarrolla el régimen electoral para la elección de los miembros de los órganos de gobierno y el sistema de garantías relativas al proceso electoral, censo electoral, derecho de voto y ejercicio del mismo, convocatoria y publicidad del proceso de elección, etc, introduciendo como novedad el sistema de voto electrónico para facilitar la participación de los electores.
    7. Además, se regula el régimen jurídico, económico y patrimonial así como el sistema de tutela de la Generalitat.
    8. Otro de sus capítulos se dedica a establecer el sistema de relaciones instituciones e intercamerales que se pretende fomentar como mejor forma de abordar servicios, programas y proyectos comunes entre las Cámaras, las organizaciones empresariales, la sociedad civil e instituciones.
    9. En cuanto a la regulación del Consejo de Cámaras se introduce el sistema de gobernanza como órgano superior de coordinación de las Cámaras en la Comunitat y de interlocución con la Generalitat en el desarrollo de las funciones público-administrativas, garantizando, además, un sistema equilibrado de representación territorial en sus órganos de gobierno.
    10. Entre las funciones de las Cámaras, el texto destaca que constituyen un valioso instrumento de colaboración con las instituciones, de apoyo a los sectores económicos y de impulso al desarrollo económico y empresarial de la Comunitat Valenciana. Así, continúan desarrollando servicios necesarios para la modernización y competitividad de las empresas en campos como la información, formación, asesoramiento, dinamización, innovación, promoción exterior e interior de las empresas, arbitraje y mediación, gestión de programas y servicios públicos de mejora de la competitividad del tejido empresarial valenciano, apoyando a las empresas, especialmente las pymes, de sus respectivas demarcaciones.
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