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Las uniones de hecho formalizadas se incrementaron un 34% durante 2014

    Un total de 1.324 parejas se inscribieron el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Conselleria de Gobernación y Justicia durante el año 2014, lo que supone un incremento del 34% frente a las 985 parejas que se registraron en 2013. De ellas 776 son de la provincia de Valencia, 395 de Alicante y 153 de la provincia de Castellón.

    El conseller Luis Santamaría ha señalado que la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana "se regula como un instrumento de publicidad para dotar de certeza y efectos jurídicos a la unión, preservándose así la necesaria seguridad jurídica".

    De esta manera, "la Generalitat presta un servicio público cada vez más demandado por la sociedad, que permite formalizar y acreditar la relación de afectividad entre dos personas que no desean contraer matrimonio, pero a la vez manifiestan su compromiso de oficializar su convivencia", ha destacado el conseller.

    En este sentido, la Ley 5/2012 de 15 de octubre, de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana regula los derechos y deberes de los miembros de las uniones de hecho formalizadas, "entendiendo por tales las formadas por dos personas que, con independencia de su sexo, convivan en una relación de afectividad análoga a la conyugal y cumplan los requisitos de inscripción". Así, la ley recoge la libertad de regulación de convivencia, el régimen económico sobre los gastos comunes, el derecho de alimentos, la disposición de la vivienda habitual, la responsabilidad patrimonial, o el ajuar doméstico y uso de la vivienda, entre otros aspectos.

    Por otro lado, el conseller ha explicado que la ley vigente considera uniones formalizadas "aquellas en que consta su existencia, bien por declaración de voluntad de sus integrantes ante el funcionario encargado del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat, plasmada en la correspondiente inscripción, o bien en otro documento público, como por ejemplo un documento notarial, inscrito en el mencionado registro, siempre que se cumplan los requisitos que determine la citada ley".

    El procedimiento se inicia a instancia de las personas que pretendan la inscripción, siempre que al menos uno de los integrantes ostente la vecindad civil valenciana, mediante la presentación de la correspondiente solicitud, que deberá ser suscrita por ambos miembros de la unión de hecho.

    El 13 de abril acaba el plazo

    Asimismo, Santamaría ha recordado que todas las Uniones de Hecho inscritas en el Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana tienen de plazo hasta el próximo 13 de abril para formular solicitud de inscripción como Unión de Hecho Formalizada, "adaptándose a lo dispuesto en la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat valenciana, de acuerdo con la disposición Adicional Única de la misma".

    De este modo, "las uniones de hecho inscritas anteriormente en el Registro Administrativo de Uniones de Hecho de la Comunitat Valenciana, conforme a la Ley 1/2001, de 6 de abril, de la Generalitat, por la que se regulaban las uniones de hecho, podrán pasar a regularse por la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, siempre que reúnan los requisitos establecido en el artículo 2 de dicha Ley, y así lo soliciten expresamente" .

    Los requisitos deberán acreditarse ante el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.

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