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El Consell aprueba el proyecto de Ley de Transparencia y Buen Gobierno

El Consell aprueba el proyecto de Ley de Transparencia y Buen Gobierno
  • La Comunitat Valenciana se convierte en la única autonomía que incluye en su ley la publicación de los gastos de caja fija por órgano directivo

El Consell ha aprobado el proyecto de Ley de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, que será remitido ahora a Les Corts para su aprobación definitiva en esta legislatura.

El visto bueno del Consell se produce tras un periodo de consulta pública, el primero que se realiza con una ley en la Comunitat Valenciana, en el que han participado entidades y ciudadanos y que se ha concretado en la aceptación íntegra del 49% de las propuestas y en la incorporación parcial de otro 8%.

La futura norma, que se ha sometido también al dictamen del Consell Jurídic Consultiu, convertirá a la Comunitat, una vez superado el trámite parlamentario, en la única autonomía que incluye en una ley de estas características la publicación de los gastos de caja fija por órgano directivo.

Entre los aspectos más relevantes de la nueva ley figura la vinculación de una parte del salario de los altos cargos al cumplimiento de determinados objetivos y la creación de un inventario de los obsequios recibidos por razón del cargo.

Todos los altos cargos de la Generalitat tendrán que hacer pública una declaración de bienes, actividades y derechos patrimoniales, y será necesaria su actualización al producirse cualquier modificación o variación de la información inicial.

Además, la ley de Transparencia de la Comunitat extiende las obligaciones de publicidad activa a las entidades que reciban más de 10.000 euros anuales.

Por otro lado, se hará pública la información relativa a los estudios de opinión con indicación de los importes por gastos de elaboración y empresas adjudicatarias, así como el gasto anual en campañas de publicidad y de promoción institucional.

Igualmente, una entidad experta e independiente será la encargada de evaluar de forma objetiva y periódica las políticas públicas llevadas a cabo por la Generalitat.

Asimismo, el sentido del silencio administrativo en las solicitudes de acceso de información de los ciudadanos será positivo: la Administración tendrá un mes para contestar dichas solicitudes o se entenderán aceptadas.

Propuestas ciudadanas incorporadas

Entre las propuestas ciudadanas incorporadas se encuentran las relativas a la necesidad de contar con un órgano independiente de control en materia de transparencia, el llamado Consejo de Transparencia, o a la inclusión de un régimen sancionador específico y diferente del definido en la Ley estatal que garantice el cumplimiento de las obligaciones en materia de publicidad activa y acceso a la información.

Asimismo, se han aceptado las observaciones ciudadanas relativas al buen gobierno que proponían ampliar las obligaciones de los altos cargos a asesores, así como concretar algunos de los mandatos y principios de comportamiento, de forma que primen la honorabilidad y la rendición de cuentas. En este ámbito, se incluye la retirada de placas conmemorativas en los casos en que exista sentencia judicial firme.

Respecto a la estructura del proyecto de Ley, se han incorporado dos nuevos títulos: uno relativo al régimen sancionador y otro sobre la creación del Consejo de Transparencia, órgano que será independiente y no supondrá incremento del gasto.

Otras novedades

En lo que se refiere a la información que debe hacerse pública, el proyecto de ley incluye, como novedad, la información detallada sobre avales concedidos por la Generalitat, los encargos por parte de la Administración a medios propios y la subcontratación.

Cabe recordar que la futura ley de Transparencia de la Comunitat obliga a hacer públicos, entre otros, todos los contratos formalizados y sus prórrogas, los convenios de colaboración, las encomiendas de gestión, las subvenciones y ayudas públicas, los presupuestos y grado de ejecución o información sobre la financiación de la Comunitat y la deuda pública.

También establece que deben hacerse públicas las retribuciones íntegras anuales de cada alto cargo, así como las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del cese o despido, y el importe de la indemnización por residencia o los viajes y desplazamientos fuera de la Comunitat realizados en el desempeño de la función de cada alto cargo, indicando el objeto, la fecha y su coste total.

Por su parte, las novedades en el ámbito del buen gobierno, apartado que afecta a los miembros del Consell, a los altos cargos y a los cargos asimilados del sector público, radican en la obligación de publicar en GvaOberta copias de los títulos académicos de los altos cargos, y no solo de su currículo, así como la retirada de las placas conmemorativas en los casos en los que exista sentencia firme.

Inclusión de las administraciones locales

En cuanto al ámbito de aplicación del nuevo texto, la novedad con respecto al anterior texto es la inclusión de las administraciones locales.

La Ley de Transparencia es aplicable a la Administración de la Generalitat, Les Corts, la Sindicatura de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valencià de Cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua, el Comité Econòmic i Social i el Consell Jurídic Consultiu, la totalidad del sector público de la Generalitat, las universidades públicas valencianas y las corporaciones de derecho público.

Además, en el cumplimiento del principio de publicidad activa, alcanza también a partidos políticos, sindicatos, corporaciones profesionales y asociaciones representativas de intereses sociales, así como a todas aquellas entidades y personas que reciban fondos con cargo al presupuesto de la Generalitat.

El Consell aprueba un reglamento para impulsar la administración electrónica y avanzar en la eliminación del papel

Además, el Pleno del Consell ha aprobado hoy un reglamento para impulsar la administración electrónica y avanzar en la eliminación del papel en la actividad administrativa de la Generalitat.

El nuevo decreto pretende contribuir al desarrollo de la sociedad digital y, en particular, a intensificar el uso de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) en la actividad de la Generalitat y en las relaciones entre administración y ciudadanía así cómo a las relaciones entre las administraciones.

En este sentido, el decreto regula la utilización de medios electrónicos en el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos Asimismo, fija las competencias y atribuciones en materia de TIC de la Generalitat y define los procedimientos para la homologación y aprobación de aplicaciones y sistemas de información.

El decreto también establece una serie de directrices y buenas prácticas de Administración Electrónica dirigidas a entidades locales de la Comunitat Valenciana.

Con ello se pretende favorecer el uso de los medios electrónicos entre la Generalitat y los ciudadanos, dotando a la actividad administrativa de más agilidad y rapidez, simplificando y racionalizando los trámites y, en definitiva, avanzando hacia el cambio cultural y organizativo que nos lleve a una administración más moderna y eficaz.

La Generalitat lleva más de una década impulsando diversas iniciativas para aumentar el uso de las TIC y la extensión de la sociedad digital a través de diversas iniciativas y planes, tales como la regulación de la firma electrónica avanzada, la creación del registro electrónico y del registro de representaciones para la tramitación telemática o la regulación de las notificaciones electrónicas. En este sentido, desde el Consell también se ha regulado la política de seguridad de la información.

Novedades

El decreto establece que las normas reguladores de los diferentes procedimientos administrativos podrán establecer la obligación de comunicar exclusivamente por medios electrónicos, así como de presentar o generar las solicitudes exclusivamente mediante documentos electrónicos normalizados.

Esta regulación es una de las más concretas y novedosas del conjunto del país y sitúa a la Comunitat Valenciana a la cabeza en regulación en el uso de medios digitales.

La imposición de esta relación electrónica se podrá establecer cuando las personas interesadas por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados, tengan garantizado el acceso y disponibilidad de medios tecnológicos preciosos.

Dicha obligación deberá preverse con carácter general para las grandes empresas que, por razón de su actividad, realicen comunicaciones frecuentes con la Generalitat, para asociaciones o colegios profesionales y sus miembros y, en particular aquellos que en el ejercicio de su obligación realicen actos de comunicación habitual con la Generalitat.

Asimismo, la obligación de utilizar medios electrónicos requerirá el análisis previo y acreditación de que dicha imposición en modo alguno pueda suponer discriminación por la falta de garantía del acceso, disponibilidad y conocimiento de uso de los medios tecnológicos precisos y, en su caso, se arbitren los medios eficaces para evitarla.

El decreto también establece la obligatoriedad -y no sólo preferencia-, del uso de medios electrónicos para la propia Generalitat. Así, se señala que las comunicaciones y escritos internos de todo tipo que se realicen entre los diversos departamentos, órganos y unidades de la Generalitat se realizarán obligatoriamente por medios electrónicos, gozando de plena validez y eficacia si reunieran el resto de requisitos establecidos por la normativa vigente.

Así, las comunicaciones y escritos internos por medio de canales convencionales y, en especial, en soporte papel sólo se darán de forma sectorial, excepcionales, particular, justificada y con carácter transitorio.

Este aspecto hace que esta regulación sea una de las más avanzadas en nuestro país, que persigue con claridad el "cero papel", y que nos sitúa a la vanguardia en esta materia.

La Generalitat asume parte de la deuda histórica de las universidades públicas valencianas

El pleno de Consell ha aprobado la asunción por la Generalitat de la titularidad de parte de la deuda de las Universidades de Alicante, la Universitat Jaume I de Castellón, la Universitat Miguel Hernández de Elche, la Universitat Politécnica de Valencia y la Universitat de València-Estudi General.

El pasado mes de septiembre se llegó a un acuerdo entre el Consell y las cinco universidades públicas valencianas para poner una solución a la deuda histórica y dar cumplimiento a los convenios suscritos en 2008 y modificados en 2011 para la financiación de los gastos corrientes y de financiación.

Con el acuerdo de septiembre se redujo la deuda histórica con las universidades a casi la mitad, pasando de 768 a 391,2 millones de euros. Se acordó que la Generalitat asumiría la titularidad de una parte de la deuda contraída por las universidades, que además ejecutaría las inversiones consideradas prioritarias por un importe de cerca de 50 millones de euros y también se acordó la aminoración de la deuda anterior para la extinción de los interés pendiente de pago hasta 2022.

Mediante el acuerdo que se ha aprobado hoy, el Consell asume la titularidad de parte de la deuda financiera y otro endeudamiento de las cinco universidades públicas es decir contraída por la Universidad de Alicante, la Universitat Jaume I de Castellón, la Universitat Miguel Hernández de Elche, la Universitat Politècnica de València y la Universitat de València-Estudi General hasta un máximo global de 284, 4 millones de euros.

En concreto los importes máximos para cada universidad son 40. 925. 017 euros para la Universidad de Alicante, 21.194.630 euros para la Universitat Jaume I de Castelló, 117.818.940 para la Universitat Politècnica de València y 104.501.996 para la Universitat de Valencia-Estudi General.

Asimismo en los presupuestos para 2015 se incluye una dotación presupuestaria de 6 millones de euros para financiar los gastos corrientes de la Universidad Miguel Hernández de Elche dado que esta universidad no ha recurrido al endeudamiento.

También el presupuesto para el próximo año prevé una dotación de más de 6 millones de euros para financiar nuevos proyectos de inversión de las Universidades.

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