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Los ayuntamientos podrán solicitar la financiación para los proyectos del Plan de Apoyo a los Municipios a partir de mañana

Los ayuntamientos podrán solicitar la financiación para los proyectos del Plan de Apoyo a los Municipios a partir de mañana
  • La orden publica también la relación de municipios y la inversión máxima

  • Las solicitudes se pueden presentar a través del enlace disponible en la web de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo (www.gva.es)

  • En el plazo máximo de 40 días se dictará la resolución de autorización para la financiación de los proyectos

Los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana podrán solicitar la financiación para los proyectos del Plan de Apoyo a la Inversión Productiva en los Municipios a partir de mañana sábado 28 de febrero, según publica el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

La orden determina el modelo de solicitud, la documentación, el procedimiento y los plazos para acceder al Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en Municipios de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, la publicación incluye la relación de municipios y la inversión máxima.

Desde hoy, y siguiendo la orden publicada en el DOCV, los municipios de la Comunitat Valenciana conocen la dotación a la que pueden tener acceso para financiar nuevos proyectos de inversión productiva acorde a la necesidades que tengan.

El vicepresidente económica y conseller de Economía, Hacienda y Empleo, Gerardo Camps, ha subrayado que las inversiones a las que van a tener acceso los municipios de la Comunitat Valenciana "son un factor decisivo para la productividad de la economía y para la creación y el mantenimiento del empleo en los distintos municipios del territorio valenciano."

Los responsables de los municipios, mancomunidades y agrupación de municipios podrán presentar proyectos que contemplen las siguientes áreas de actuación: infraestructuras viarias, de suelo industrial, infraestructuras para la mejora del acceso a las redes de comunicación avanzadas, aquellas destinadas al fomento de la investigación, el desarrollo, la innovación y la mejora de la cualificación de los trabajadores, así como infraestructuras turísticas y socioculturales, y aquellas dirigidas a la conservación y mejora de los espacios rurales y medioambientales.

Gerardo Camps ha remarcado que con estos proyectos "vamos a impulsar el crecimiento económico de los municipios, así como elevar los niveles de bienestar social y de oportunidades en la Comunitat."

"Estamos actuando con rapidez, poniendo en marcha medidas eficaces que minimicen los efectos de la crisis económica en las familias valencianas."

Por último, Gerardo Camps ha recordado que estas actuaciones están contempladas en el Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en Municipios, que con una dotación de 1.020 millones de euros generará y mantendrá 30.000 puestos de trabajo.

Presentación Solicitudes

Según la orden publicada en el DOCV, será necesario presentar una solicitud por cada proyecto de inversión a través del enlace disponible en la web de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo (www.gva.es), en la cual estará también disponible el formulario de solicitud.

Según la orden publicada en el DOCV, será necesario presentar una solicitud por cada proyecto de inversión a través del enlace disponible en la web de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo (), en la cual estará también disponible el formulario de solicitud.

Estas solicitudes deberán ser presentadas por los alcaldes o por los secretarios de los Ayuntamientos; en el caso de mancomunidades por el órgano que ostente la representación, y en los supuestos de las agrupaciones de municipios, la presentación corresponderá al alcalde o secretario del ayuntamiento responsable del cumplimiento de los requisitos sobre adjudicación y justificación de las obras autorizadas.

Para la realizar estos trámites electrónicos, y con el objetivo de asegurar la identidad del solicitante, se deberá estar en posesión del certificado digital expedido por la autoridad de certificación de la Comunitat Valenciana. La información para obtener este certificado estará disponible en la web de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.

Las solicitudes se dirigirán, a través de la aplicación informática descrita, a las Direcciones Territoriales de Economía y Hacienda de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.

Las solicitudes deberán ir acompañadas de una memoria explicativa del proyecto de inversión -cumplimentada a través del modelo de solicitud electrónica-, de una certificación expedida por el secretario del Ayuntamiento de acuerdo del pleno o por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, y de un proyecto básico, en su caso.

Procedimiento

En el plazo de cinco días desde la presentación de la solicitud de autorización de proyectos, las Direcciones Territoriales de Economía y Hacienda verificarán que las obras proyectadas cumplen las condiciones y requisitos establecidos para la inclusión en el Plan y lo comunicarán a la Subsecretaria de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.

En el plazo de cinco días desde la presentación de la solicitud de autorización de proyectos, las Direcciones Territoriales de Economía y Hacienda verificarán que las obras proyectadas cumplen las condiciones y requisitos establecidos para la inclusión en el Plan y lo comunicarán a la Subsecretaria de la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo.

Este departamento, en el plazo de cinco días, comunicará a las subsecretarias de las consellerias competentes por razón de la materia, cada uno de los proyectos que le correspondan.

A su vez, estas subsecretarias comunicarán en el plazo de quince días a la subsecretaria de la conselleria de Economía informe preceptivo sobre la viabilidad del proyecto.

En el plazo de quince días, el titular de la conselleria de Economía dictará resolución de autorización para la financiación de cada proyecto y ordenará su publicación en la sede electrónica de la conselleria.

La resolución contendrá los siguientes puntos:

- Entidad local autorizada.

- Denominación del proyecto

- Administración a la que corresponde la ejecución del proyecto

- Necesidad o no de suscribir convenio en los supuestos de municipios de mas de 10.000 habitantes.

- Importe financiable.

- Plazo de ejecución.

- Anualidades.

- Conselleria competente por razón de la materia.

- Aplicación presupuestaria que dará cobertura a la efectiva ejecución del proyecto.

A continuación, en el plazo máximo de quince días desde la fecha de la Resolución, la conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, consignará los créditos necesarios, en las aplicaciones presupuestarias pertinentes de los presupuestos de gastos de las distintas consellerias.

Las dudas y consultas sobre el tema se remitirá por vía electrónica a la siguiente dirección: informacion_pip@gva.es. La contestación se remitirá a la dirección de correo electrónico del que proceda la consulta.

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