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Deportes establece el calendario electoral de las federaciones deportivas de la Comunitat

  • Los comicios deben realizarse antes del 31 de diciembre

  • Las federaciones están obligadas a presentar su proyecto de reglamento electoral antes del 30 de mayo

La conselleria de Educación, Cultura y Deporte ha establecido el calendario y el procedimiento de los procesos electorales de las federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana para 2014, que se celebra cada cuatro años y que supone la elección de la Asamblea y el Presidente/a de cada una de las 57 federaciones deportivas autonómicas.

La Ley 2/2011 de 22 de marzo del Deporte y la Actividad Física de la Comunitat Valenciana, considera las federaciones deportivas como asociaciones privadas sin ánimo de lucro y se les atribuye funciones públicas de carácter administrativo. En este sentido, regula su estructura interna y determina la elección de la Asamblea General, la Junta Directiva y la Presidencia como órganos de representación y gobierno.

Las federaciones tienen la obligación de presentar a la Generalitat antes del 30 de mayo su proyecto de reglamento electoral, que deberá ser aprobado a través de una Asamblea General Extraordinaria antes del 1 de julio, momento en el que se nombrará una comisión gestora que tutelará la federación durante el proceso electoral. Ese reglamento estipulará el número de miembros de la Asamblea General, los requisitos para ser elector y elegible, las circunscripciones electorales, el sistema de votaciones, la composición de las mesas electorales, el censo electoral, el calendario electoral o el voto por correo.

El proceso comenzará con las elecciones a la Asamblea General, en las que participarán entidades deportivas, deportistas, técnicos entrenadores y jueces árbitros de cada federación, distribuidos en circunscripciones electorales mediante sufragio personal, libre, directo y secreto. El dia para la elección de los miembros de la Asamblea General y del presidente/a de la federación deberá ser, preferentemente, sábado, domingo o festivo.

Con fecha de 31 de diciembre como límite, se completará el proceso desde la convocatoria de elecciones hasta la proclamación definitiva de los candidatos electos, así como la composición de la asamblea, que elegirá por mayoría absoluta al Presidente/a.

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