elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Consell aprueba el Catálogo de Actividades con Riesgo de la Comunitat

    El Pleno del Consell ha aprobado el decreto por el que se aprueba el Catálogo de Actividades con Riesgo de la Comunitat Valenciana y se regula el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección.

    El Catálogo consta de diferentes categorías de actividades con riesgo en la Comunitat Valenciana; industriales, de transporte, energéticas y de diversos ámbitos como el sanitario, el docente o el de espectáculos.

    De esta manera, en el apartado las actividades industriales, de almacenamiento y de investigación figuran los establecimientos en los que intervienen sustancias peligrosas; las actividades de almacenamiento de productos químicos; las instalaciones frigoríficas con líquidos refrigerantes; los establecimientos en los que intervienen explosivos; las actividades de gestión de residuos peligrosos; las explotaciones e industrias relacionadas con la minería; las instalaciones de utilización confinada de organismos modificados genéticamente y las instalaciones para la obtención, transformación, tratamiento, almacenamiento y distribución de sustancias o materias biológicas peligrosas.

    Respecto a las infraestructuras de transporte se incluyen los túneles de carretera, túneles ferroviarios, puertos, aeropuertos, estaciones e intercambiadores de transporte, líneas ferroviarias, autopistas de peaje, áreas de estacionamiento para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, así como los conductos que transporten mercancías peligrosas.

    También son lugares considerados de riesgo las infraestructuras energéticas como las instalaciones nucleares y radiactivas, infraestructuras hidráulicas, centros o instalaciones destinados a la producción de energía eléctrica e instalaciones de generación y transformación de energía eléctrica en alta tensión.

    Finalmente, también se hace referencia a otro tipo de centros en los que puede haber algún riesgo como instalaciones sanitarias, docentes, residencias públicas y de alojamiento como hoteles, hostales y pensiones. Se incluyen en este apartado actividades de espectáculos públicos, recreativas, deportivas y comerciales, garajes y todos aquellos edificios que alberguen actividades administrativas o de prestación de servicios.

    Registro Autonómico de Planes de Autoprotección
    Los centros, establecimientos y dependencias contempladas en el Catálogo de actividades con riesgo de la Comunitat Valenciana deberán elaborar su Plan de Autoprotección para su inscripción en el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección.

    El Registro Autonómico de Planes de Autoprotección tiene por objeto la inscripción de datos que son relevantes para la protección civil y que figuran en los Planes de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias contempladas en el Catálogo de Actividades con Riesgo de la Comunitat Valenciana o de aquellas actividades a las que se les haya requerido la elaboración del Plan de Autoprotección.

    El plazo para la elaboración del mencionado Plan para aquellos establecimientos que no están afectados por la Norma Básica de Autoprotección y sí lo están por este Decreto será de un año desde la entrada en vigor del presente Decreto.

    Los Planes de Autoprotección que elaboren los centros, establecimientos y dependencias contempladas en el Catálogo de Actividades con Riesgo de la Comunitat deberán realizarse de acuerdo con lo establecido en la Norma Básica de Autoprotección aprobada mediante el Real Decreto 393/2007.

    Las actividades que engloben varias instalaciones deberán refundir sus planes de autoprotección en un único documento para poder analizar de forma global la actividad y evitar duplicidades. De este modo, la empresa deberá presentar un único plan unificado que incorpore todas las instalaciones en el Catálogo de Actividades.

    Subir