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Educación ultima la nueva orden que regula el contrato familia tutor

Educación ultima la nueva orden que regula el contrato familia tutor
  • Se trata de implicar a las familias en la mejora del éxito escolar de sus hijos mediante un acuerdo

  • La Comunitat Valenciana es pionera en poner en marcha esta innovadora medida

  • Las familias se comprometerán por escrito a lograr unos objetivos consensuados con el tutor del alumno

La conselleria de Educación, Cultura y Deporte está ultimando la nueva orden que regulará el contrato familia tutor, una iniciativa pionera en España para implicar a las familias en el proceso educativo de sus hijos y lograr mejorar su rendimiento académico.

Según ha explicado la consellera de Ecuación, María José Català, "se trata de un contrato que se firmará entre el tutor del alumno, el alumno y la familia, mediante el que las tres partes se comprometen a cumplir unos objetivos que permitirán estimular, apoyar y hacer seguimiento del proceso educativo del alumno".

En concreto, los objetivos están dirigidos a mejorar el rendimiento escolar, el comportamiento del alumno, su actitud hacia el estudio, así como hacia las personas que conforman la comunidad educativa.

La medida será de aplicación este curso 2013-14 en los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias de la Comunitat Valenciana. Así pues, los centros que quieran participar en el programa experimental podrán, si cumplen con los requisitos establecidos, suscribir los primeros contratos con las familias tras la primera evaluación del curso, cuyos resultados servirán de referencia para establecer los criterios de los contratos.

Esta medida constituye una de las iniciativas enmarcadas en el Plan de Choque contra el fracaso escolar puesto en marcha desde la Conselleria durante el curso 2012-2013, cuyo objetivo prioritario es reducir el fracaso escolar en la Comunitat Valenciana.

Este plan ya está dando sus primeros frutos, dado que el abandono escolar ya se ha reducido en 2,3 puntos en los últimos dos años.

"Numerosos estudios e investigaciones nacionales e internacionales avalan el hecho de que la implicación de las familias es un factor que influye de manera determinante en el éxito o el fracaso escolar", ha asegurado Català.

En ese sentido, el Contrato Familia-Tutor incluirá compromisos concretos de las familias, con el profesorado y con sus propios hijos e hijas para mejorar sus resultados, contemplando, entre otros, la promoción de la lectura, desde los primeros años de escolarización a través del Plan Lector, a la posibilidad de que el alumnado realice tareas o acciones sociales en cuando la corrección de una conducta implique la expulsión del centro.

Sin embargo, cada contrato tendrá unas características específicas según la etapa educativa en la que se encuentre el alumno. Así, para los escolares de Infantil, se concretarán acuerdos claros sobre la adquisición de hábitos y rutinas, atendiendo a las características de la infancia; así como acerca de la organización del tiempo familiar y escolar para dar respuesta a las necesidades biológicas de alimentación, higiene, descanso, seguridad, relación y comunicación.

Por lo que respecta al alumnado de Primaria, se concretarán principalmente acuerdos claros sobre asistencia y puntualidad, rutinas y hábitos de tareas en casa, hábitos y horarios de tareas escolares y de lectura, hábitos y horarios sobre actividades de ocio (televisión, ordenador...), información sobre otras actividades extraescolares (música, idiomas, deportivas...), intercambio de información médica o social que pueda interferir en el proceso educativo, tratada confidencialmente por ambas partes.

Por último, en Educación Secundaria Obligatoria prevalecerán los compromisos que potencien, además de la corresponsabilidad de familias, centro y alumnado para la consecución de objetivos y cumplimiento de expectativas, la posibilidad de impulsar medidas de responsabilidad social en los procesos educativos.

De tal forma se podrá ofrecer a las familias la posibilidad de que sus hijos e hijas puedan realizar tareas y acciones de carácter social cuando éstos sean expulsados temporalmente del centro, en concreto de aplicación del articulo 43 del Decreto 39/2008 sobre la convivencia en los centros, y en general de los derivados de derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras legales, profesorado y personal de administración y servicios, del mismo decreto. Para ello, las familias habrán de autorizar explícitamente su acuerdo sobre esta posibilidad.

En este caso, los centros educativos podrán concertar la colaboración con ayuntamientos o entidades sin ánimo de lucro, con el objetivo de establecer una serie de acciones de beneficio a la sociedad, acordes a la edad y falta cometida por los menores, para lo que podrán contar con las propuestas del tutor o tutora y el profesional de la psicopedagogía del centro o servicio adscrito al mismo.

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