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Destinan más de 46 millones de euros para ayudas y subvenciones en materia de servicios sociales

  • Dirigidas a asociaciones sin ánimo de lucro y a corporaciones locales

  • Se destinan a lo servicios que atienden problemáticas sociales, desarrollo comunitario y prevención de la segregación o marginación

  • Asimismo, subvencionan centros y programas para la tercera edad, minorías étnicas, alzheimer, y colectivos más desfavorecidos

La Conselleria de Bienestar Social destinará este año más de 46 millones de euros en ayudas y subvenciones para el desarrollo e implantación de servicios sociales generales y especializados, gestionados por corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro”, ha anunciado hoy el Secretario Autonómico de Autonomía Personal y Dependencia, Joaquín Martínez.

La Conselleria ha abierto el plazo para solicitar estas ayudas y subvenciones que se convocan anualmente, y que incluyen tanto los servicios sociales generales y los servicios sociales especializados, como las Prestaciones Económicas Individualizadas.

Joaquín Martínez ha explicado que el objetivo de estas ayudas “es consolidar un proceso creciente de atención y fomento de las actuaciones en servicios sociales, con la implicación, cada vez más, de todos los agentes, tanto públicos como privados, que colaboran en la prestación y gestión de estos servicios”.

Servicios Sociales Generales
Estas ayudas están dirigidas a entidades locales titulares de los servicios que contribuyen a la implantación y desarrollo de los servicios de carácter global, que atienden a la problemática social de cualquier ciudadano, el desarrollo comunitario y la prevención de situaciones de segregación o marginación.

A través de estas ayudas se financian: los proyectos del Plan concertado de prestaciones básicas de servicios sociales de las corporaciones locales (ayudas para pago de salarios, para mantenimiento de los centros y para programas de emergencia social, de convivencia, de cooperación social y de inserción); los proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del Pueblo Gitano, y por último, los proyectos de intervención social integral para la erradicación de la pobreza.

El Secretario Autonómico ha explicado que para esta modalidad se destinarán un total de 26.352.700 euros.

Servicios Sociales Especializados
Por su parte, las ayudas para servicios sociales especializados tienen dos objetivos: por un lado el mantenimiento de los centros de Servicios Sociales Especializados dirigidos a atender necesidades sociales específicas en el sector de tercera edad y cuyos titulares sean entidades sin ánimo de lucro.

Por otro lado, las ayudas se destinan a subvencionar programas destinados a colectivos que requieren atención más específica, como tercera edad, enfermos de alzhéimer, minorías étnicas, transeúntes, refugiados, inmigrantes, asilados, reclusos y exreclusos.

Para los Servicios Sociales Especializados, la Conselleria de Bienestar Social destinará este año un total de 20.507.170 euros.

Prestaciones Económicas Individualizadas
Por último, la orden regula también las Prestaciones Económicas Individualizadas, unas ayudas económicas dirigidas a personas o núcleos familiares para remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afecten a su autonomía personal, social y económica y que no puedan resolver con medios económicos propios, a fin de lograr su normal desarrollo humano y social.

Estas ayudas pueden ser de dos tipos: ayudas de emergencia y ayudas para el desarrollo personal de personas de la tercera edad en la modalidad de barreras arquitectónicas.

Plazo y lugar de presentación
Las solicitudes para las ayudas se presentarán en la Dirección Territorial de Bienestar Social de la provincia donde radique el centro o donde se pretenda prestar el servicio para el que se solicita la subvención. El plazo de presentación para los servicios sociales generales y para los servicios sociales especializados será de un mes a partir de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

En el caso de las Prestaciones Económicas Individualizadas se pueden presentar hasta el 31 de octubre de 2009. No obstante, con carácter extraordinario, podrán admitirse y tramitarse aquellas solicitudes de ayudas presentadas con posterioridad a esa fecha y antes del 31 de diciembre de este año, siempre que se acredite la aparición de la necesidad fuera del plazo normal de presentación de solicitudes.

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