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Educación prepara un Decreto para regular las prácticas de educación superior en centros docentes

  • La Conselleria establecerá convenios con las universidades para concretar la relación entre Universidad, estudiantes y centros docentes

  • El Decreto abre la puerta a que los estudiantes universitarios de titulaciones como Psicología, Psicopedagogía, Pedagogía o Filología puedan llevar a cabo sus prácticas en centros educativos

  • Se establece el proceso de selección de los centros donde los estudiantes podrán realizar las prácticas de grado de Educación Infantil y Primaria

La conselleria de Educación, Cultura y Deporte está preparando un Decreto para regular las prácticas académicas externas de los estudiantes de Educación Superior en centros docentes no universitarios.

Este Decreto abre la puerta por primera vez a que los estudiantes universitarios de titulaciones como Psicología, Psicopegagía, Pedagogía o Filología, entre otras, puedan llevar a cabo sus prácticas en centros tanto de Primaria como de Secundaria.

El nuevo texto normativo establece por primera vez, además, el proceso de selección de los centros donde los estudiantes podrán realizar el Practicum de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la docencia, concretamente, los títulos oficiales de grado de Educación Infantil, grado de Educación Primaria. Asimismo, recoge la selección de los centros donde realizar las prácticas de los máster de profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

El Decreto será de aplicación para los centros docentes públicos y privados de la Comunitat Valenciana y será desarrollado posteriormente mediante acuerdos de colaboración entre Conselleria y las universidades valencianas, que concretarán la relación entre la Universidad, los estudiantes y los centros donde estos realizarán sus prácticas.

Las prácticas, además de ser obligatorias para la obtención de la titulación, tienen como objetivo ofrecer al alumno la formación necesaria acerca de cuestiones transversales como la implantación del plurilingüismo o el plan de choque contra el fracaso escolar, para que dispongan de todas las técnicas y buenas prácticas necesarias en el momento en que se incorporen al sistema educativo.

En concreto, los estudiantes en prácticas deberán participar en todos los ámbitos de trabajo propios de un centro docente, entre otros, los grupos de trabajo, las sesiones de evaluación y las entrevistas con las familias. Los alumnos universitarios realizarán así el apoyo a los docentes en todas y cada una de sus funciones con el fin de familiarizarse con los aspectos tanto formativos como organizativos del centro.

Cada estudiante tendrá un centro asignado para la realización de sus prácticas formativas, donde realizará tareas de apoyo y las funciones propias del ámbito educativo, que no generarán en ningún caso obligaciones propias de una relación laboral, ni darán lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. Por otro lado, el estudiante en prácticas disfrutará de cobertura tanto de accidentes como de responsabilidad civil, ya sea a través del seguro escolar o a través de la suscripción de una póliza por parte de la universidad.

Tutor académico y de centro
Cada estudiante que realice prácticas académicas externas en centros docentes dispondrá de un tutor o tutora académico de la universidad y de un tutor o tutora en el centro docente, que deberán trabajar de manera coordinada en equipo.

Con la finalidad de garantizar una formación adecuada durante la realización de las prácticas, y que exista objetividad en la evaluación de las mismas, no podrán ser tutores o tutoras de prácticas de un estudiante quienes mantengan relación de parentesco. Además, las prácticas académicas externas no podrán ser realizadas por los estudiantes universitarios en aquellos centros con los que dispongan de algún tipo de relación contractual, funcionarial o laboral.

Los docentes que presten servicios en un centro de formación en prácticas o en un centro de prácticas como tutores o tutoras de prácticas realizarán acciones de orientación y tutela de los estudiantes que cursan el Practicum, previa designación para la realización de esta tarea.

Esta condición de tutor o tutora de prácticas y de coordinador o coordinadora de prácticas se reconocerá y será valorada como mérito profesional en materia de concursos de traslados. Asimismo, la tutoría de estudiantes en prácticas de formación inicial surtirá efectos como actividad de formación permanente del profesorado.

Sus funciones serán tutelar y asesorar acerca de la práctica docente, del funcionamiento del centro, y del desarrollo del plan de trabajo propuesto para cada estudiante del Practicum que les sea asignado. Asimismo, deberán realizar la evaluación y seguimiento de los estudiantes asignados. Como máximo podrán tutelar en un mismo curso académico, hasta un máximo de tres estudiantes del Practicum con independencia de la universidad en que cada estudiante se encuentre matriculado.

Además, cada centro donde se realicen las prácticas contará con un coordinador de prácticas. Las funciones del coordinador o coordinadora consistirán en concretar de forma coherente las acciones formativas a desarrollar por parte de los estudiantes del Practicum junto a sus respectivos tutores o tutoras, así como actuar como representante del centro en las comunicaciones con la universidad y en la cumplimentación de la documentación administrativa.

Para la selección de los tutores, tutoras, coordinadores y coordinadoras de prácticas, los centros reconocidos tomarán como criterio preferente que se trate de personal docente con destino definitivo si son de titularidad pública, que dispongan de experiencia en tutoría de alumnado, y que hayan realizado actividades de formación del profesorado en el ámbito de la tutoría y la orientación educativa.

En concreto, podrá acceder a la condición de tutor, tutora, coordinador o coordinadora de prácticas, todo docente que acredite una antigüedad, al menos, de tres años, y que haya prestado servicios en el centro durante al menos un curso escolar completo. Excepcionalmente, podrá acceder a la condición de tutor o tutora el profesorado funcionario interino cuando se requiera la sustitución del tutor o tutora de prácticas asignado inicialmente al estudiante.

Selección de los centros de prácticas
Por último, la Conselleria establecerá un procedimiento para la selección de centros, en colaboración con las universidades que expresen su voluntad de participar en el mismo. La participación voluntaria por parte de las universidades permitirá que sus respectivos estudiantes dispongan de preferencia en la elección de los centros docentes reconocidos para la realización del Practicum. De entre las universidades participantes en el procedimiento, a su vez, las universidades de la Comunitat Valenciana tendrán preferencia a la hora de asignar a sus estudiantes a los diferentes centros reconocidos.

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