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G.Ribot: “El Pacto de Acción Sindical aprobado hoy se enmarca en una nueva etapa de diálogo con los representantes de los empleados públicos”

  • El secretario autonómico de Administración Pública ha presidido la Mesa Sectorial de la Función Pública

  • El acuerdo viene a dar cumplimiento a las medidas del Real Decreto Ley 20/2012 para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad

  • Se establece la creación de una comisión de seguimiento del pacto, integrada por la administración y las organizaciones sindicales

El secretario autonómico de Administración Pública, Pedro García Ribot, ha destacado que la Mesa Sectorial de la Función Pública ha ratificado esta mañana el Pacto de Acción Sindical, “acuerdo que se enmarca en una nueva etapa de diálogo y entendimiento con los representantes de los empleados públicos”.

La reunión fijada para la mañana de hoy, ha contado con la representación de UGT, CCOO, CSIF e Intersindical Valenciana, para tratar la propuesta de Pacto de Acción Sindical en el ámbito de Administración de la Generalitat, pacto que ha sido aprobado para un período de dos años y con la posibilidad de extenderse por períodos anuales.

El secretario autonómico ha hecho hincapié en el “clima de diálogo que ha presidido la reunión para finalmente sellar un acuerdo que abarca la gestión de las bolsas de crédito horario de los representantes sindicales”.

El secretario autonómico ha resaltado “la voluntad negociadora y conciliadora del Consell para llegar a acuerdos”, lo que implica “un ejercicio de corresponsabilidad de todas las partes” ha añadido.

Pedro G. Ribot ha señalado que el acuerdo alcanzado hoy viene a dar cumplimiento a las medidas del Real Decreto Ley 20/2012 para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad tras el consenso alcanzado en materia de derechos sindicales, representación, negociación y acción sindical el pasado 27 de septiembre en la Mesa General.

De hecho, en el citado acuerdo de la Mesa General se habilitaba a cada uno de los sectores con representación en dicha mesa para la negociación sobre la gestión de las respectivas bolsas de crédito horario.

Cesiones y acumulaciones de créditos horarios
El Pacto de Acción Sindical en el ámbito de Administración de la Generalitat regula los procedimientos de cesión de créditos horarios, las acumulaciones del crédito horario y la correspondiente bolsa de horas.

En este sentido, para conceder un permiso sindical por acumulación de horas a jornada completa se restará de la bolsa un número de horas igual al promedio de la jornada laboral en cómputo anual establecida en la legislación vigente.

Podrán concederse permisos sindicales por acumulación de horas a jornada parcial de forma excepcional, para cuya tramitación se descontará de la bolsa un número de horas igual al 50% del promedio de la jornada establecida en la legislación vigente.

En este caso, las organizaciones sindicales se comprometen a limitarlos al 10% de los días concedidos a jornada completa. Se utilizarán por semanas o días completos, fijos mensualmente y supondrán el 50% de la jornada del personal a quien se conceden, para evitar distorsiones en el funcionamiento de los servicios públicos.

Bolsa de horas, tramitación de permisos y utilización del crédito
El acuerdo regula a su vez la actualización de la bolsa de horas, concluidos los procesos de elecciones sindicales, la solicitud, tramitación y resolución de los permisos sindicales, sus efectos y su finalización.

Por otra parte, para no perturbar la prestación de servicios en los centros de trabajo, se comunicará al órgano de personal correspondiente con una antelación mínima de 24 horas en caso de servicios burocráticos y de 48 horas en los demás supuestos.

Se garantiza también la asistencia a las reuniones del órgano de representación por parte de los miembros de los comités de empresa y de junta de personal que hayan cedido la totalidad de su crédito horario.

Se permite concentrar la representación unitaria (miembro de junta o comité de empresa o delegado de personal) y sindical (delegado sindical) en una misma persona con la obligación de ceder al menos el crédito horario de una de las representaciones. En el caso de no realizarse la cesión, la personal interesada solo podrá disfrutar del crédito horario que le corresponda por la representación unitaria.

Asimismo, se especifica cuando comienza la garantía del crédito horario en el caso de la representación unitaria.

Derecho de reunión
El acuerdo alcanzado hoy regula también el derecho de reunión, tal y como se estaba ejerciendo en la práctica y sin perjudicar la normal prestación de los servicios. Se limita el número de horas para la realización de dichas reuniones, que no podrá rebasar un máximo de 36 horas anuales.

Comisión de seguimiento
El acuerdo ha sido firmado por todos los sindicatos a excepción de Intersindical, aunque esta organización lo ve correcto y lo valora positivamente, pero necesita consultas previas para su posible adhesión.

Por último, el citado acuerdo establece la creación de una comisión de seguimiento del pacto, integrada por la administración y las organizaciones sindicales firmantes o habiéndose adherido, ostenten la condición de representativas en el ámbito de personal de la Administración de la Generalitat.

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