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La dirección de la Agencia Valenciana de la Movilidad comunica al Comité de Empresa el inicio del expediente de regulación de empleo

  • Las funciones de la AVM las realizará la Conselleria de Infraestructuras y una entidad de derecho público

  • A partir de ahora se abre un proceso de negociación de 15 días

La dirección de la Agencia Valenciana de la Movilidad ha comunicado hoy al Comité de Empresa el inicio del expediente de regulación de empleo que afectará a 31 personas de la plantilla actual de 39 trabajadores de la empresa.

El Decreto Ley 7/2012, de 19 de octubre, del Consell, de Medidas de reestructuración y racionalización del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat, establece la supresión de la Agencia Valenciana de Movilidad, y el ejercicio de sus funciones, según su naturaleza administrativa o comercial, por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, o por una entidad de derecho público, respectivamente.

A estos efectos, y de conformidad con lo previsto en este Decreto, quedará integrado en la citada entidad de derecho público el personal de la Agencia que desempeñe las funciones transferidas, y el resto del personal de la Agencia entrará en un procedimiento de extinción de empleo.

El expediente de regulación de empleo afectará a toda la plantilla, salvo a 8 trabajadores que, desempeñando funciones de naturaleza comercial –fundamentalmente, impulso y desarrollo de nuevos sistemas de pago en el sistema de transporte público de la Comunidad, distribución de ingresos entre los operadores de transporte, y atención al usuario-, se integrarán en una de las entidades del Sector Público Empresarial valenciano.

Los criterios que se aplicarán para la selección de los trabajadores no afectados por el procedimiento de despido son, por un lado, el desempeño de las funciones de naturaleza comercial de la Agencia, fundamentalmente las relacionadas con el sistema de pago sin contacto, distribución de ingresos entre operadores y atención al usuario. La estructura resultante de la unidad conformada deberá asegurar un funcionamiento autónomo, de forma que deberá contar con las diferentes categorías de trabajadores y en el número necesario para asegurar esta autonomía.

Además se tendrá también en cuenta otras circunstancias, como la condición de personal laboral fijo, que hubiera adquirido esta condición, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, a través de un procedimiento selectivo de ingreso convocado al efecto, o hubiera ingresado en la Agencia con esa condición preexistente; mayor cualificación profesional y mayor antigüedad, entre otros.

El periodo de consultas tendrá una duración máxima de 15 días, en los que se prevé celebrar reuniones para negociar o acordar posibles medidas que suavicen los efectos del despido. Transcurrido el periodo de consultas, podrán empezar a notificarse los despidos. El expediente de regulación de empleo finalizará el próximo 1 de enero.

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