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Compromís espera que el TSJCV acabe anulando "la discriminatoria resolución sobre transporte escolar"

  • Admisión a trámite del recurso contencioso administrativo

El pasado 20 de septiembre el grupo parlamentario Compromís presentó ante el TSJCV un recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Conselleria de Educación sobre el servicio de transporte escolar para el curso 2012-2013.

La Sección Quinta de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia ha admitido a trámite este recurso de Compromís. El TSJCV ha realizado una citación a las personas interesadas en este recurso contencioso administrativo y concede un plazo de 15 días para la personación.

Según ha señalado la portavoz adjunta de Compromís, Mónica Oltra, “nos congratulamos de que el proceso contra esta injusta resolución siga adelante y esperamos que culmino con su anulación y la reinstauración de un servicio de transporte escolar no discriminatorio y en condiciones dignas”.

Esta acción judicial de Compromís viene motivada por el cambio de la resolución sobre transporte escolar de años anteriores en aquello concerniente a los 3 km de distancia del centro, pasando de una distancia medida según las carreteras y caminos transitables a una distancia de 3 km en línea recta.

Según ha explicado Oltra “este nuevo criterio es una discriminación muy grande porque puede haber núcleos poblacionales que estén a poco más de 3 km del centro escolar en línea recta y por eso no tengan derecho al transporte escolar pero en la realidad orográfica y de vías de acceso estén a muchos más kilómetros”.

Desde Compromís se ha impugnado esta resolución porque es claramente discriminatoria, obstaculiza el derecho a la educación y además es discrecional al establecer que el Consell podrá hacer excepciones a esta normativa de manera arbitraria. Así mismo desde la coalición se entiende que esta resolución contraviene la misma Constitución Española que en el artículo 27.6 establece que las administraciones no sólo tienen que proporcionar el servicio público educativo a los alumnos, sino que también tienen que remover los obstáculos de cualquier naturaleza que impidan o dificultan el ejercicio del derecho a la educación.

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