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La Generalitat establece un nuevo marco de garantía y protección de los ciudadanos con la Ley que aprueba la Carta de Derechos Sociales

  • Jorge Cabré afirma que esta Ley “supone un avance más en la consolidación y reconocimiento de los derechos sociales a los ciudadanos de la Comunitat”

  • Afirma que desde el Consell “consideramos que el bienestar es una aspiración social de y para todos los ciudadanos y una responsabilidad fundamental de los poderes públicos”

  • El conseller de Justicia y Bienestar Social destaca que la nueva norma “responde a las demandas crecientes de nuestra sociedad actual”

El conseller de Justicia y Bienestar Social, Jorge Cabré, ha afirmado que la Ley 4/2012 de la Generalitat, por la que se aprueba la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana “supone un avance más en la consolidación y reconocimiento de los derechos sociales a los ciudadanos de la Comunitat, al establecer un nuevo marco de garantía y protección”.

Cabré ha realizado estas declaraciones con motivo de la publicación hoy en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana del nuevo texto legal, que entrará en vigor a partir de mañana.

La Ley de la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana recoge el conjunto de principios, derechos y directrices sobre la actuación pública de la Generalitat en el ámbito de la política social.

En este sentido, el conseller de Justicia y Bienestar Social ha explicado que con el fin de establecer un nuevo marco de garantía y protección de los ciudadanos de nuestra Comunitat y en respuesta a las demandas crecientes de la sociedad actual, esta Ley tiene por objeto la aprobación de la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 10.2 del Estatut d´Autonomía de la Comunitat Valenciana.

Este artículo establece que los derechos sociales de los valencianos y valencianas representan un ámbito inseparable del respeto de los valores y derechos universales de las personas y constituyen uno de los fundamentos cívicos del progreso económico, cultural y tecnológico de la Comunitat Valenciana.

No obstante, ha señalado que más allá del mandato estatutario, y sin minimizar su importancia, “desde el Consell consideramos que el bienestar es una aspiración social de y para todos los ciudadanos y una responsabilidad fundamental de los poderes públicos”.

Estructura de la Ley
Durante su intervención, Cabré ha indicado que el texto publicado hoy “recoge el esfuerzo del Consell por ajustarse a la nueva realidad social”.

Asimismo, ha señalado que con la aprobación de la Carta de Derechos Sociales, la Comunitat Valenciana será la tercera autonomía que la tenga, tras País Vasco y Navarra.

La Ley se estructura en Preámbulo, 53 artículos y tres disposiciones finales. En concreto, el Título I. De los principios, derechos y directrices en el ámbito de la política social, recoge los derechos y principios de actuación contra la pobreza y la exclusión social, así como para una educación y una sanidad públicas y de calidad.

El Título II. De la igualdad entre mujeres y hombres; el Título III se destina a la protección especial de la familia; el Título IV. De las personas con discapacidad, y el Título V. De las personas inmigrantes.

Por último el último, el Título VI establece el sistema de garantías que, de acuerdo con las competencias de la Generalitat, pueden establecerse para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Carta y salvaguardar la regulación contenida en la misma.

Principios rectores de la actuación de la Generalitat
Cabré también ha explicado que la actuación de la Generalitat, en el ámbito de la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana, se vinculará al cumplimiento de los siguientes principios y directrices:

Principio de vinculación de los poderes públicos a los derechos y libertades humanas individuales y colectivas válidamente ratificados por España.Principio de transversalidad, según el cual las políticas sociales que se deriven de los derechos sociales básicos recogidos en esta ley, resultarán de aplicación transversal sobre el conjunto de la actuación de la administración de la Generalitat.Principio de participación ciudadana, mediante el que se garantizará la participación de la ciudadanía en el diseño y ejecución de las políticas que resulten de aplicación en el desarrollo de los derechos sociales básicos. La participación se articulará de conformidad con lo dispuesto por la normativa autonómica en materia de participación ciudadana.

Antecedentes legislativos
En la elaboración de la Ley se ha tenido en cuenta el marco normativo existente en materia de derechos sociales que se ha ido conformando a través de las diferentes declaraciones internacionales que, por su vinculación al progreso económico y social, han ido ampliando y reforzando la protección social, jurídica y económica.

Asimismo, se han considerado las previsiones que al respecto se contienen en la Constitución Española de 1978, principalmente en el capítulo III, denominado ‘De los principios rectores de la política social y económica’, de su Título I dedicado a los derechos y deberes fundamentales.

El Estatut d´Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado en su texto reformado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, establece un nuevo marco de garantía y protección de la ciudadanía. Se introduce un Título II sobre los derechos de los valencianos y valencianas novedoso, ambicioso y complejo al mismo tiempo en cuanto a elevar la garantía de los derechos subjetivos, alcanzar la universalidad de protección a la ciudadanía y responder a las demandas crecientes de la sociedad actual.

En este sentido, Cabré ha afirmado que “dicho reconocimiento supone no sólo una meta que había que alcanzar dado el desarrollo económico, social y cultural que se ha producido en nuestra Comunitat, sino también un punto de partida para la consecución de una mayor calidad de vida en nuestro territorio”.

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